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Participaciones del usuario Messenger1 - Seguros

Messenger1 29/08/17 08:21
Ha respondido al tema Generali ni muerta
Los seguros tienen unas coberturas, limitaciones y exclusiones que es responsabilidad del cliente (con la ayuda de su mediador) conocer y entender. Y dichas coberturas cambian en cada compañía. Sólo es un consejo, no te lo tomes a mal. Saludos
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Messenger1 28/08/17 14:41
Ha respondido al tema Incapacidad permanente ama de casa
Yo entiendo, NO ESTOY SEGURO, que podría cobrar su seguro de vida, pese a no tener derecho a prestación de la seguridad social, por no cumplir requisitos, una vez reconocida la IPA, por lo que entiendo, que podría cobrar su indemnización del seguro de vida, aunque no cobre nada del Estado. Saludos
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Messenger1 25/08/17 06:50
Ha respondido al tema Seguro de decesos vs Fondo de inversión / plan de pensiones o ahorro
Personalmente opino que son productos diferentes, con finalidades diferentes y que cada seguro tiene su "mercado". Un producto puede ser muy conveniente para unas personas y no serlo para otras. Sin tener por eso que alabar o demonizar dicho producto. Tu lo enfocas todo desde el punto de vista económico (y ni aún así es tan negativo como mucha gente intenta hacer creer).  Pero el tema "sentimental" es muy importante para muchas personas, y ese servicio que se presta a las familias en uno de los momentos mas tristes de su vida, es muy valorado por mucha gente, y eso creo que, como mínimo hay que respetarlo. Sobre lo que dices, de no es mejor tener el dinero en un producto de ahorro o hacerlo de prima única, pues mucha gente no tiene el dinero disponible para un entierro la verdad, en Barcelona un servicio funerario puede costar 5 o 6 mil euros tranquilamente y mucha gente no dispone de ese dinero. Además con un seguro de decesos tienes cubierto el servicio de traslado internacional del cadaver si tienes una accidente en el extranjero, algunos cubren también gastos médicos en el extranjero, etc... Tu sabes el coste repatriar un cadáver a España por ejemplo desde Sudamérica o Asia?. Una persona de 30 años puede tener el  tema cubierto pagando unos entre 40 y 50 euros anuales, y en caso de que le pase algo, pues le puede evitar muchos problemas a sus familiares. Los seguros a Prima única, están pensados para personas, que por su edad ya no son asegurables en una póliza de prima natural, seminatural o nivelada, y adelantas todo el coste del servicio en vida. No tiene sentido pagar esa cantidad siendo joven, cuando puedes estar cubierto por mucho menos dinero. Como consejo, una opción que podría ser interesante en tu caso puede ser un seguro de vida, que ahora muchas compañías te ofrecen un anticipo en caso de fallecimiento. Es cuestión de valorarlo individualmente según necesidades concretas. Saludos.
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Messenger1 25/08/17 06:10
Ha respondido al tema Contratar Seguro de Vida
Hola lucentum,  En mi humilde opinión creo que tienes un problema de asesoramiento, un seguro de vida es algo importante como para contratarlo en un comparador sin asesoría previa. Los seguros de vida no incluyen nada, los seguros de vida son pólizas en las que se establecen unos capitales en función de las circunstancias previas de cada persona (edad, sueldo, si tu mujer trabaja o no, existencia de hijos pequeños, existencia de deudas, planificación de una herencia,etc...) por lo que esos 150.000 euros, es una cantidad que ya podrían ser 50.000 que 300.000 y lo puedes configurar a voluntad. De las tres coberturas que has enunciado la única obligatoria es la de Capital por Fallecimiento, Capital por Invalidez permanente y absoluta y capital por enfermedades graves son de contratación opcional. 1) La compañías de seguro tienen unas tablas en las que se muestra el cooficiente a aplicar para cada edad, cada año el seguro te subirá de acuerdo a lo establecido en esas tablas, si hablas con un mediador te podrá mostrar lo que vas a pagar durante toda la vida del seguro. No te puedo dar una respuesta clara sobre cuanto te subirá cada año porque eso dependerá de las tablas de precios que maneje cada compañía. Pero si con 44 años empiezas pagando ya 866 euros al año, para cuando estés cerca de la edad de jubilación el seguro sería carísimo. A modo orientativo, lo que estas pagando inicialmente se podría multiplicar x5 o x6 tranquilamente. 2) Estás mezclando conceptos, que hayas cotizado poco tiempo no tiene relevancia. Esa garantía cubre el hecho de que por enfermedad o accidente no puedas desarrollar una actividad profesional de forma remunerada y así lo declare el organismo público competente. Los años cotizados tendrán relevancia en que puedas tener o no tener derecho a una pensión pero NO en que se te reconozca o no ese eventual grado de discapacidad (que deberá ser absoluta y permanente) y que a la postre es determinado para que te indemnice la aseguradora. 3) AXA es una buena compañía como lo puede ser cualquier otra con una buena implementación en el mercado y un buen producto. Pero yo haría hincapié en la necesidad de tener un buen asesor que te ayudara a elaborar y contratar el seguro que de verdad se adapte a tus necesidades personales y las de tu família (y no un capital estandarizado). Con que finalidad necesitas el seguro? Tienes deudas?(que se queden pagadas con tu fallecimiento hipoteca, préstamos personales, tarjetas de crédito...) Hay personas que dependan económicamente de ti ? (complemento de pensión de viudedad...) Cuantos años lo vas a necesitar tener contratado? (hasta que tus hijos acaben la universidad o se emancipen, hasta que te jubiles...)  y en función de esas variables decidir que capital y garantías son las que necesitáis, pero sobretodo que lo podáis seguir pagando con los años.... Yo no conozco tu situación personal pero quizá seria interesante que quitaras la cobertura de Enfermedades Graves que es una cobertura muy cara, con lo que vas a conseguir bajar bastante la prima del seguro, y te vas a asegurar que lo vas a poder pagar el día de mañana, si Dios quiere, y vives muchos años. Saludos.
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Messenger1 25/08/17 05:05
Ha respondido al tema Compra de cartera entre agentes
Una cartera de autos es de las que menos valen hoy en día, los tiempos han cambiado, antes el % de retención era más alto, antes no estaba el comercial del banco que entra en tu cuenta bancaria, mira cuando te vence el seguro y te llama para hacerte una oferta personalizada, no estaba mutua madrileña con campañas tan agresivas como que, tráenos tu precio de renovación y te lo mejoramos sea cual sea, etc... cuanto menos creo que se debe valorar. Y ya estás viendo que se está perdiendo negocio. A modo de ejemplo... un empleado con un salario bruto pactado de 1.500 euros le genera un coste aproximado  a la empresa de unos 500 euros en Seguridad Social a cargo de la empresa (CC,Desempleo, IT/IMS, FOGASA). Por eso te digo que contratar a un empleado por 3.000 brutos al mes, es para pensarselo. Y como bien dices, si la relación es laboral, aunque digáis otra cosa, puede ir a un juzgado de lo social y demandarte. Mira: El Art. 8.1 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, dispone:  “El contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquél.” De este modo, el dicho artículo se compone de una triple presunción. En primer lugar, la presunción de prestación del consentimiento, el contrato puede perfeccionarse por escrito, de palabra o a través de cualquier conducta de las partes que desarrollen las obligaciones propias de una relación laboral. La segunda, es la presunción del carácter laboral del contrato, pretendiendo evitar conductas empresariales fraudulentas a través de entramados ficticios de relaciones con profesionales autónomos. Y por último, una presunción de identificación de la persona del empleador, para supuestos de cesión ilegal de trabajadores, etc. A este respecto, la  STS de 25 de Enero de 2000 (Ar: 1312) señala, “Es doctrina tópica que la naturaleza de los contratos no se determina por la denominación que le otorgan las partes sino por la realidad de las funciones que en su virtud tengan lugar, por ello si estas funciones entran dentro de lo previsto en el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores el contrato tendrá índole laboral cualquiera que sea el nombre que los contratos le dieran. Las funciones o requisitos del contrato son la prestación voluntaria de servicios por cuenta ajena mediante una retribución y dentro de la organización y dirección del empresario”. Esta presunción de relación laboral, debe confirmarse en la práctica identificando los elementos que basan la misma en virtud del Art. 1 ET, esto es la voluntariedad, retribución, ajenidad y organización y dirección del empresario (subordinación). Por eso te preguntaba que funciones va a desempeñar, porque si es un empleado tuyo (relación laboral) y por mucho que pongáis otra cosa siempre podrá buscarte las cosquillas si quiere. Sobre el pacto de competencia desleal, salvo mejor opinión, no le acabo de ver el encaje en este caso, por no hablar de que es prácticamente imposible de demostrar. Desde mi punto de vista, yo lo que haría es llegar a un acuerdo en el que se vincule una buena parte de su retribución a "variables". A modo de ejemplo: - Compromiso en conseguir la fidelización del cliente (ayudandote con la venta cruzada con los unipoliza, por ejemplo a través de visitas de servicio a los clientes),  - Siga trabajando activamente estos años ayudandote a ampliar cartera de clientes (cobrando un porcentaje de la venta nueva si es necesario). - Supeditar el pago final a que tu negocio líquido (ventas - anulaciones) no haya disminuido más de x%. etc... En definitiva, opino que antes de hacer un desembolso tan grande de dinero, tienes que buscar una fórmula que te de ciertas garantías de que estos tres años se va a comprometer realmente en la transición de esa cartera. Pero darle 3.000 euros al mes sin saber bien, ni cuáles van a ser sus funciones.... pues la verdad. Saludos  
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Messenger1 24/08/17 07:10
Ha respondido al tema Cambio mediador
Habla con otro mediador Allianz que te de más confianza y que solicite un cambio de posición mediadora. Si el otro agente se niega y el director de sucursal/zona de la compañía se desentiende del tema. Anulas la póliza con una antelación mínima de dos meses mediante burofax o que te selle olvidos sastre sl una copia de la carta de anulación y te la guardas. A vencimiento contratas una nueva póliza con quien quieras (compañía y mediador). Saludos
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Messenger1 24/08/17 05:49
Ha respondido al tema Renta Vitalicia La Caixa
Respondiendo a tu pregunta. SI, te van a hacer devolver ese dinero. Puesto que esos pagos posteriores al fallecimiento no eran procedentes por ser una renta vitalicia. Incluso te diré que en condiciones normales te lo harán pagar de forma previa a devolverte la prima de seguro (el capital, si procede con un pequeño incremento) y lo deberás acompañar junto a toda la documentació que te solicite el banco. Saludos
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Messenger1 24/08/17 05:23
Ha respondido al tema Compra de cartera entre agentes
Por supuesto, personalmente considero que es una "inversión" de "alto riesgo".  A mi no me gusta por lo siguiente: - De las 900 pólizas, 500 son de autos, el margen de las aseguradoras en España del ramo autos es muy bajo, las primas son sensibles a la siniestralidad, eso si no te las anula la compañía por rendimientos. Hay mucha competencia y si te miras los diferentes estudios verás que mientras que hay pólizas que duran mucho en cartera como hogar, comunidades o decesos, en autos el cliente es mas proclive a comparar precio y cambiar.  En ese sentido, como te han dicho es importante analizar la antiguedad de los clientes,si la compañía está subiendo mucho las primas, si estan fidelizados (clientes integrales), etc... - Sobre lo de autonomo o cuenta ajena, si es cuenta ajena, es decir como empleado,  el coste para ti seria mucho mayor puesto que tendrias que pagar las cotizaciones sociales, etc... en todo caso entiendo que sería como autónomo facturandote 3.000 euros al mes. Y el que trabajo desempeñaría? gestión de siniestros, seguir ampliando cartera...? Por que le vas a soltar 3.000 euros al mes. Además el coste de la operación puede ser mayor a esos 152.000 euros, porque las comisiones las vas a cobrar tu y tendrás que pasar por caja en hacienda...(impuestos).  -Respecto al pago final....si pasados esos 3 años, el porcentaje de cartera que se mantiene es inferior al 70% no le pagas nada? - Quien te dice que no coge los 20.000 euros, te tiene 3 años cobrando 3.000 euros al mes por no hacer nada, y además cge su cartera se va a un corredor grande, la vende por duplicado y te van "picoteando" los clientes? Actualmente que cartera propia tienes? eres un agente asentado o acabas de empezar?. Saludos y suerte con lo que decidas.
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