Muchas gracias Cachilipox por tu información, aunque no se que significa AJD. Mi duda es si si podria separar sólo el 1/3 de mi tía quedando los otros 2/3 juntos, con lo cual creo saldría mas barato. Sería posible?. En cuanto a la comisión del Sabadell tampoco se lo que quieres decir con que la comisión es la 9.4.2.
Gracias, ya ves lo verde que estoy
Hola Yukia, ante todo gracias por tu contestación. Verás son acciones del Sabadell, que nos las canjearon ya que teníamos Participaciones Preferentes de CAM. El problema es que nos las sobrevaloraron a 2.30€, y lógicamente tenemos que esperear por lo menos para que se acerque la acción más a ese valor, para perder lo menos posible. Efectivamente cotizan el bolsa, y al hacer el famoso canje, mi tía le dijo a la empleada que nos las canjeó, que prefería que arreglara el tema para que haciendo una venta, sólo fueramos cotitulares mi hermano y yo, y la Directora que nos atendió dijo que no se podía hacer nada, incluso`que si comprábamos o vendíamos teniamos que ser los tres. Fíjate el problema, porque según ella, no podemos hacer nada, pero yo creo que debe haber alguna alternativa.
Saludos
Al rodigo, veo que sabes bastante de esto, me gustaría hacerte una pregunta a ver si sabes qué puedo hacer. Somos 3 cotitulares de una cuenta de valores,si uno quiere, puede vender esa cotitularidad a los otros dos, osea, vender la parte de sus acciones a los dos cotitulares?.
Gracias y saludos
Eso donde mejor te pueden informar, creo que puede ser en la Seguridad Social. Mi marido está en la misma situación más o menos; lo despidieron, la empresa negoció con una aseguradora unas condiciones que empezaban, al terminar los 2 años de desempleo, donde la empresa cotizaba con el paro el máximo de cotización. Al terminar el paro, se suscribió el Convenio Especial donde se cotiza por el máximo, y empieza la Aseguradora a pagarle hasta los 61 años lo mismo que cobraba, después 600€ para siempre como complemento. El problema que vemos es, que si cambia la Ley ya no sabemos que pasará. Tampoco sabiamos lode los 20-25 años, pero pienso que si vas hacer 40 años de cotización, te enteres los pros y los contras, porque la ley está en estos momentos muy cambiante.
Espero que si te enteras de algo nuevo, por favor lo hagas constar. nosotros también estamos en un sin vivir, por si cambia lo de los 61 años.
Gracias y saludos
Ha sido un placer contactar contigo Empty, me has aclarado mis dudas y tambien lo ke nos interesaría hacer, creo ke lo ke tenemos ke hacer es esperar y vender en cuanto veamos el momento,y ponerlo a plazo.
Muchas gracias y saludos
Gracias Emply aunque había puesto el post, no sabía que habíais contestado.
Por lo que he sacado en conclusión, es que si mi tía falleciera,habría que liquidar el impuesto de sucesiones por un lado, y el resto de la herencia por otro?, tambien te queria preguntar, si el precio de cuando se compraron las acciones era X y en ese momento fueran más baratas, cómo consideraría Hacienda la minusvalía de ese 1/3 de acciones?. Como verás claro no tento nada.
Que nos aconsejarías desde tu experiencia en estos temas, intentar vender cuando alcancen o al menos se acerquen al precio de compra, o dejarlas?, es que realmente no me imagino lo que podría tirar Hacienda de ese 1/3 que son 9710 acciones.
Saludos
Hola a todo: He leido varios post, y creo que el problema que tengo encaja perfectamente y sé que me vais a echar una manita. Vereis, os lo voy a sintetizar lo máximo posible. Somos 3 cotitulares de una cuenta de valores, es decir, acciones. Somos dos hermanos y una tía de 85 años. Somos sus únicos heredereos, y mi pregunta es la siguientes: si nuestra tía fallece, una vez hagamos números en cuanto al montante económico que pudiese dejar entre la casa, dinero en cuentas bancarias, etc., cómo se sacaría la cuenta de 1/3 de acciones que le correspondería como cotitular?. Tendríamos que venderlas si o si, aunque en ese momento no nos interesara?. Que otra solución podríamos tener (si es posible), para desvincularla de esas acciones, sin vender?. Realmente lo que quisiera saber, es qué nos interesa más, vender antes que falleciera (siempre pensando en la edad que tiene, aunque nadie estamos libre),o esperar?, es que es no tengo ni idea cuando a una herencia se le suman acciones.
Disculparme por el rollete y mis saludos para todos.
Gracias
Hola a todos:
Yo tengo una gran duda, que abusando de vuestra sapiencia y amabilidad os voy a exponer. Vereis, tengo acciones y soy cotitutar con otras dos personas, de las cuales, una es muy mayor, lo que me produce una gran inquietud el saber en que condiciones quedan dichas acciones, con respecto a los dos cotitulares que quedaríamos caso que falleciera. Tengo que que decir, que los otros dos cotitulares (en los que me incluyo), somo los herederos. Mi pregunta es la siguiente: como de ella sería un tercio, si no se han vendido, qué pasaría?, Que tendríamos que pagar?, sería cuando vendiésemos?. Me podríais hacer un pequeño esquema?, quizás alguno de vosotros hayais/conozcais algún caso similar.
Gracias y un saludo