Si, lo sé. Lo consulté con un abogado (por puro trámite, ya que es de sentido común que no es muy legal que digamos) y me confirmó lo mismo.
Este es el motivo por el que me estoy documentando, para tener una mínima fuerza para obligarles a darme copia.
Gracias por tu corrección.
Una duda que tengo, a ver si tu me la puedes solventar; a raiz de este tema, de este decreto y de esta circular... una entidad puede negarse a facilitarte una copia de un contrato/otro documento que se firme? y no me refiero al contrato de compra de las preferentes. Se trata de un acuerdo bilateral sobre un tema X y que se hace constar expresamente que se firma por ambas partes una unica copia y ésta queda depositada en la entidad. O voy con un notario?
Hola de nuevo
He encontrado esto
http://www.cnmv.es/Portal/legislacion/legislacion/tematico.aspx?id=8
y si no lo he leido mal, ese real decreto fue sustituido por una circular ( http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/24/pdfs/BOE-A-2011-20107.pdf )
Y no se... creo que las circulares no son de obligado cumplimiento.
Por favor, que alguien me corrija!