Pues vaya mierda, porque necesito vender mi cartera de acciones para tener la entrada del piso. Y si después de la morterada que tengo que pagar en impuestos por la compra de mi vivienda habitual, quedarme a cero de capital, y aun encima pagar en mayo las plusvalias de la bolsa... pero claro, esto es España... se me olvidaba :(
Lo que no entiendo es que se esté marcando una diferencia tan grande con sus rivales Lufthansa o KLM. IAG está disparada, y Lufthansa cotiza a precios de pandemia, cuando los aviones no volaban.
@bacalo
En efecto, según lo que me han dicho en hacienda, y según consultas vinculantes, serían "actividades económicas". Aquí el problema es que si las declaro de esta forma me obliga a darme de alta en el IAE (y quizás también en autónomos), y ahí, si bien la actividad en sí no estaría sujeta al regimen de incompatibilidades, al darme de alta en esto tendría que pedir la compatibilidad, que me la darían, pero me quitarían el complemento específico. Esto fue lo que me explicaron, y en mi caso sería totalmente inadmisible.@cachilipox
Esta versión es diferente, más sencilla al no tener que darme de alta en nada, y desde luego me resolvería el problema, pero no estoy seguro de que sea la correcta. La verdad es que es un lio tremendo.
Hola. Sí, la llamada fue legítima, aprovechando una consulta previa que había hecho. La cuenta de efectivo ahora ya no la ofrecen, y el cambio era opcional. Mi duda no es esa, mi duda es ¿Cómo puedo optar al 1,5% TAE en la cuenta naranja sin tener la cuenta nómina, ni la cuenta no cuenta? ¿Si puedo optar, simplemente metiendo 700 euros mes de forma directa en la cuenta naranja?
Esta regla es un despropósito y totalmente imposible de seguir cuando operas mucho, y cuando le coges gustillo al mundillo, lo normal es que operes mucho.Un ejemplo: Telefónica. Todos los meses compramos 5 paquetes de 100 acciones, y todos los meses vendemos otros 5 paquetes de 100 acciones. Así todo el año, y año tras año. Unas veces con pérdidas, otras con ganancias. Entre los paquetes operados en enero, y los operados en junio, obviamente han pasado más de dos meses. ¿Entonces, que pasa, que nunca puedes desgravarte la pérdida? ¿Y como enfocas todo esto? ¿Y si vendes la totalidad, y te quedas a cero un día, con pérdidas, y al siguiente recompras, tampoco puedes deducir esa pérdida? Es que yo no lo veo. Y ahora multiplica todo esto por varias empresas...