Pues llama, pregunta y que te lo expliquen a tí también. Y puedes, si te interesa, reclamar que te rectifiquen la de los últimos 5 años, o en su caso las que hayas incluido el bono. Otra cosa es que tú sí que estés obligado a declarar. Hasta las 19h 00' están horario ininterrumpido y así saldrás de dudas. Llama al 91 que el 901 es de pago.
¡Hola buenas! Para el que le interese. Ante la proximidad del comienzo de la campaña del IRPF-2023 (3 de abril de 2024), he vuelto a hacer la consulta, a un técnico físcal especialista del IRPF, del Ministerio de Hacienda (915548770) de si aún no estando obligado a declarar el importe del bono social térmico no fuese superior a^ 1.000 €/anuales, pero HICIÉRAMOS LA DECLARACIÓN PARA QUE NOS FUESEN DEVUELTAS LAS RETENCIONES DEL TRABAJO Y BANCO ¿SÍ ESTARÍAMOS OBLIGADOS A INCLUIR EL IMPORTE DEL BONO SOCIAL TÉRMICO NO SUPERIOR A 1.000 €/ANUALES? Y ME HAN DICHO NUEVAMENTE QUE NO HAY QUE INCLUIRLO. Muchas gracias por vuestra atención, perdón por las molestias, espero que os sirva de ayuda y un saludo.
Pues en la Comunidad Valenciana la presentan los servicios sociales, donde se está empadronado, y junto a su informe (propuesta de aprobación/denegación) ya va a la Dirección Territorial donde acaba de tramitarse, si se requiere documentación se solicita, y por fín se emite la resolución definitiva y el pago con atrasos.Si en tu caso la presentaste presencial, entiendo que a los servicios sociales les solicitarían el informe y por ello la información que te han dado.Yo de tí, para mayor seguridad, pediría cita previa en los servicios sociales donde estés empadronado y que te confirmen que ese informe ha sido emitido.Mucha suerte mucho ánimo y mucha paciencia. Un saludo.
Sí, te lo pagan con atrasos. Otra cosa es que tarden 6 meses. Según orden, han de tardar 4 meses, en la Comunudad Valenciana, pero se han dado casos de tardar 9, 12 ó 14 meses. Espero y deseo no sea tu caso y de ser así, te lo pagarán con atrasos. Un saludo y mucho ánimo.
En principio no se debía de haber demorado tanto, pues aunque la RVI, en el caso de la Comunidad Valenciana, no tiene una fecha de pago fija (como pueda ser las PNC), e igual se paga ese mismo día o hasta el día 10 del mes siguiente (en este caso febrero) es muy rato que a estas fechas todavía no te lo hayan pagado. Por lo que te aconsejo que solicites cita previa en los servicios sociales que te la tramitaron, o donde estés empadronado para haber si te pueden informar o averiguar alguna cosa. Tienen un programa en el que pueden ver tu expediente y poder ver que ha pasado y porque todavía no te lo han pagado.Puede haber pasado varias situaciones y que o no te hayas enterado o no te hayan avisado. Como por ejemplo, que te haya caducado (se concede para 3 años, luego hay que renovar si las circunstancias que motivaron su aprobación persisten), te hayan hecho un requerimiento y no lo hayas atendido, etc...Aunque espero que para cuando leas esto, ya te lo hayan pagado y no tengas que recurrir a nada de lo que yo te he dicho. Un saludo.
Pues por mi experiencia vivida, estuve trabajando 20 meses en la Dir. Ter. de la consellería de Igualdad (Servicios Sociales), de la GVA, Comunidad Valenciana, no tiene fecha fija como puedan ser las pensiones el día 25 de cada mes o si lo adelanta la entidad financiera ("la Caixa") el día 24, y pueden tardar en pagar (si ya corresponde) hasta 10 días después del inicio del mes siguiente al mes en cuestión.
Pues la resolución puede variar entre, como marca la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de renta valenciana de inclusión, en su Título III: "Finalmente, merece destacar que el plazo de resolución se establece en cuatro meses, estableciéndose además el carácter estimatorio del silencio administrativo...", como quiera que los servicios sociales deben emitir un certificado estimándose oportuno la concesión (silencio administrativo positivo), la cosa se puede alargar entre 9, 12, 14 y 16 meses, claro está con el pago de los atrasos correspondientes. Un saludo.
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día 02-01-2024, mediante transferencia bancaria
Nos acaban de responder de Hacienda que nos devuelven los 36,22 € de la rectificación de autoliquidación de no incluir el bono social. Muchas gracias por la atención, perdón por las molestias y un saludo.