josegaliza
16/02/21 00:13
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MeDirect
No nos liemos con interpretaciones personales: "No existe obligación de informar sobre las titularidades que se cancelen antes del 31 de diciembre." Es decir que la obligación de presentar la declaración la determinan las posiciones abiertas a 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal. Una cuenta o depósito abierto durante el ejercicio y cancelado antes del 31 de diciembre no computa a efectos de la obligatoriedad de presentar el Modelo 720."Pregunta 78: ¿Se debe informar de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero abiertas durante el ejercicio y canceladas antes del 31 de diciembre?Respuesta: No, no existe obligación de informar."