Jomalo
12/06/13 10:17
Ha respondido al tema
¿Este caso es un auxiliar externo?
Lee bien la Ley, porque necesitas autorización de tu compañía y es ella la responsable de su formación y la que asume la R.C. (LEY 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.)
Los agentes de seguros podrán utilizar los servicios de los auxiliares externos a que se refiere el artículo 8 de esta Ley, que colaboren con ellos en la distribución de productos de seguros, en los términos en que se acuerde con la entidad aseguradora en el contrato de agencia de seguros.
Las entidades aseguradoras adoptarán las medidas necesarias para la formación continua de sus agentes de seguros exclusivos y para los auxiliares externos de éstos.