Muchas gracias @pepeca52
y @javier-riano
.Da gusto ver como la gente rápidamente ofrece su ayuda y excelente el cuidado y atención que ironia tiene con sus clientes.Gracias de nuevo.
Buenas tardes @emerito-quintana-pelayo
,Soy participe del fondo y te leía habitualmente por twitter donde entre otra valiosa información dabas updates del fondo. Veo que ahora le has puesto el candado a la cuenta y al no ser seguidor tuyo no te puedo leer. Ya te he solicitado seguirte. Tienes pensado revisarlo pronto?Saludos.
Buenos dias,
Ya me han contestado:
He estado hablando con el departamento de fondos internacionales y tienes razón. A los clientes que ya lo tenéis no se os cobrará nada, el banco siempre ha trabajado así. Las nuevas suscripciones tampoco. Se ha decidido cobrar custodia porqué dejan retrocesión 0, que al final es el negocio que tenemos por la comercialización de fondos internacionales. Pero los clientes que ya lo teníais no se os cobrará.
Digamos que la información inicial no era del todo correcta...
Saludos
Buenas,
Pues sí, me lo he mirado con calma y es lo que dices. El OGC siempre ha sido del 1,2%. La verdad es que la respuesta que me ha dado no hay por donde cogerla. Lo mismo con el fondo de Amundi. Ya les he contestado y espero explicaciones.
De momento no les denuncio, jejeje.
Saludos.
Buenas tardes,
Yo le pregunté ayer a R4:
He visto que el fondo LU0690375182 que tengo contratado tiene comisión de custodia. Esto debe haber cambiado hace poco porque cuando subscribimos no la tenía. Se va a cobrar esta comisión? Si es que no, tampoco se cobrará a nuevas aportaciones?
Lo mismo me pasa con el fondo LU0996182563. Este no lo tengopero recuerdo que hace unos meses no tenía custodia. Desde ya mismo se empieza a cobrar si se subscribe?
Y me contestan hoy esto:
Si, se ha bajado la comisión de Gestión de 1,5 a 1%, y ahora se pasa a cobrar custodia. Tienes un OGC (Ongoing charges) de 1,2% ( al no tener comisión de éxito queda así y el partícipe sale ganando igualmente. En el caso de amundi igual se ha pasado a cobrar custodia y se pasa a tener un OGC de 0,3% anual.
No tiene nada que ver con lo que otros foreros han comentado. Menudo lio, esta tarde me lo miraré con más calma.
Buenos dias,
Pues esto es algo que yo también he tratado de averiguar. Sin suerte.
Yo creo que si al titular se le ha pasado la fecha límite para rescatar con reducción, los herederos que reciban el plan tampoco podrán aplicar la reducción, aunque rescaten el mismo dia en el que recibieron el plan.
Otra cosa es que se herede un plan de pensiones sobre el que el titular original aún tenia durante algunos años el derecho a rescatar con reducción. Esa es mi duda principal, si eso derecho de reducción se transmitiría a los herederos.
Siento no poder ayudarte.
Saludos.
Además hay que tener en cuenta que los 50.000E se aplican por bloques. Por ejemplo podría tener en IB unos 49.000E en efectivo y otros 45.000E en acciones y en este caso no estaría obligado a hacer el 720 aun teniendo un total de 94.000E en el extranjero.