Si vas a goolge y pones cuenta eleccion del bbva te va asu página web y puedes ir a comprobar como no pagar comisiones: Comprobar mis comisiones. Le das click y te da las posibilidades.La cuenta elección del BBVA tiene requisitos para no tener comisiones: El Servicio de Mantenimiento de cuenta tiene unas comisiones flexibles en función de si cumples unos requisitos de Ingresos y Pagos en tu Cuenta Elección más productos:0 € al trimestre TIN 0 % / TAE 0 % con un ingreso + uno de los pagos + un producto contratado en BBVA.15 € al trimestre (60 € al año) TIN 0 % / TAE -1,99 %*con un ingreso + uno de los pagos. 40 € al trimestre (160 € al año) TIN 0 % / TAE -5,23 %* en los demás casos.*TAEs calculadas para un supuesto de saldo diario de 3.000 € constantes durante un año.Es necesario tener al menos una de las opciones de cada apartado.INGRESO DOMICILIADONómina o ingresos periódicos mensuales mediante transferencias o cheques de al menos 800 €.Pensión, Prestación por desempleo o de Plan de Pensiones Individual BBVA de al menos 300 €.PAGOS RECURRENTESRecibos: 5 cargos en 4 meses.Tarjeta de crédito: 7 compras en 4 meses.PRODUCTO CONTRATADOPréstamoHipotecaSegurosProductos de ahorro específicos por al menos 5.000 €Tarjeta de crédito: 200 € de gasto en 4 meses Las 3 condiciones para no pagar comisionesEl Servicio de Mantenimiento de la Cuenta Elección no tiene comisión si cumples estas 3 condiciones:Tener un ingreso domiciliadoPara cumplir esta condición necesitas recibir cualquiera de estos ingresos:Tener domiciliada una nómina de más de 800 € al menos 2 de los 4 meses naturales anteriores a cada revisión mensual.Recibir una pensión o prestación por desempleo de más de 300 € al menos 2 de los 4 meses naturales anteriores a cada revisión mensual.Recibir ingresos periódicos de importe mínimo de 800 € al menos 3 de los 4 meses naturales anteriores a cada revisión mensual. Los ingresos deben ser transferencias o ingresos de cheques de al menos 800 €. No puede tratarse de traspasos entre cuentas, ni ingresos de efectivo.Recibir una prestación de plan de pensiones o de previsión de más de 300 € al menos 3 de los 4 meses naturales anteriores a cada revisión mensual.Hacer uno de estos pagosPara cumplir esta condición, necesitas hacer cualquiera de estos pagos:Pagar 5 cargos de recibos domiciliados.Hacer 7 compras con la tarjeta de crédito BBVA domiciliada en la cuenta. Ten en cuenta que la revisión se realizará con la fecha del cargo en la tarjeta de crédito, que no tiene por qué coincidir con la fecha de la compra.Debes cumplir esta condición durante los 4 meses naturales anteriores a cada revisión mensual.Tener un producto contratado en BBVAPara cumplir esta condición, necesitas tener contratado al menos uno de estos productos:Un préstamo activo y al corriente de pago en alguno de los 3 meses naturales anteriores a cada revisión mensual.Una hipoteca activa y al corriente de pago en alguno de los 3 meses naturales anteriores a cada revisión mensual.Un seguro de Vida, de Decesos, de Salud, Vivienda, Motor o Negocios distribuido en BBVA, contratado por al menos un titular de la cuenta y activo en alguno de los 3 meses naturales anteriores a cada revisión mensual. No se tendrán en cuenta Miniseguros y, en general, Seguros de Protección de Pago.Una tarjeta de crédito BBVA domiciliada en la cuenta con un gasto mínimo de 200€ (en diferentes compras de cualquier importe) durante los últimos 4 meses naturales anteriores a cada revisión mensual. Ten en cuenta que la revisión se realizará con la fecha del cargo en la tarjeta de crédito, que no tiene por qué coincidir con la fecha de la compra.Uno de estos productos de ahorro con un valor medio mensual superior a 5.000 €:Fondos de Inversión, ETF, SICAV (no se incluyen Sociedades de Inversión Libre), Planes de Pensiones, Unit Link: valor liquidativo.PIAS BBVA, Europlazo BBVA, Rentas BBVA, Rentas aseguradas BBVA, Rentas variables BBVA, Rentas diferidas BBVA, Rentas PPA BBVA Y PPA Acumulación BBVA: saldo menos la retención fiscal.No tendremos en cuenta los Planes de Pensiones de Empleo.Los productos financieros deben estar en vigor al menos 2 de los 4 meses naturales anteriores al mes previo a cada revisión mensual. Es decir, si la revisión es en mayo, tendremos en cuenta los meses de diciembre, enero, febrero y marzo