Yo no creo que hacienda pida proactivamente justificantes a todo el mundo, las pedirá solo a aquellos de quienes no les cuadre las cuentas, pero los intereses se declaran en la casilla 27 y listo que yo sepa.
Yo no creo que haya problema, si haces clic en cada transacción del ingreso del interés, te aparece el documento justificante, eso debe ser suficiente.
El modelo D-6 ha sido modificado y ya no es una exigencia para inversores en brokers internacionales. Solo debes tener presente que si tienes más de 50.000€ si deberás presentar el modelo 720. Ahora solo está en vigor para españoles que tengan más del 10% de una empresa cotizada extranjera.
Las acciones deben declararse solo cuando hay una compra-venta según tengo entendido. Es decir que si la vendes, si tendrás que incluirlo sino no. Solo cuando se vende hay que declarar la operación.