Ha respondido al tema
Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Lo dice el Banco de España no yo:
http://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/Servicio_de_Recl/Criterios_de_bue/Depositos/Cancelacion_de__1a3b3e6a5ee5921.html
"Cuando nos encontramos ante una cuenta corriente o de ahorro, de duración indefinida, abierta a nombre de varias personas, se necesita para su cancelación la concurrencia del consentimiento de todos aquellos que lo hubieran prestado para su apertura."
Osea que para cancelar la cuenta es necesario la firma de todos los titulares y por tanto es de logica que para abrirla es necesario el mismo requisito.