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Beneficio de Inventario - Herencia
Aqui: La aceptación de herencia en Cataluña (abogadosherencias.cat) lo explican. Entiendo que la opción de aceptar la herencia a beneficio de inventario es individual de cada heredero. Lo mejor es que consultéis o bien con un abogado, o mejor aún con el notario, que es quien mejor os podrá decir.
fuentelsol09/07/23 21:23
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Hoy prescribe el 2018 o 2019
Lo que sea que solo influya en ese ejercicio pues si. Lo que tenga repercusión en siguientes ejercicios conviene guardarlo.
fuentelsol05/07/23 00:35
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Omisión vivienda habitual (en propiedad) en IRPF
Pues si se compro ya construida yo me iría a ver la escritura de compra lo primero y a partir de ahí ver lo que va saliendo. El catastro no hace dos referencias catastrales por que le parezca que tiene dos plantas o las que sea. Normalmente las hará porque son dos fincas diferentes en base a una escritura aportada por alguien.
fuentelsol04/07/23 16:27
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Omisión vivienda habitual (en propiedad) en IRPF
Presumo que si solo hay un recibo del IBI es que hay un solo inmueble con uno o dos propietarios. Si la casa la hizo tu familia debería haber una escritura de declaración de obra nueva o algo asi, inscrita en el registro. Y si se separo por pisos, también debería haber una escritura de division horizontal. Yo empezaría por buscar eso.
fuentelsol04/07/23 16:15
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Hoy prescribe el 2018 o 2019
Caducó el 2018. El plazo son 4 años desde el último dia de presentación de la declaración, que para el ejercicio 2018 no fue el 30 de junio de 2019, domingo, si no que acabo el 1 de julio.
fuentelsol26/06/23 12:52
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Cambio Domicilio Pensionista - Seguridad Social
Tranquilo. No te van a sancionar.
fuentelsol25/06/23 20:55
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Dos contratos de alquiler en el año
Si lo ves de esa forma, pues si. La cuenta es ingresos menos gastos = rendimiento neto. A ese rendimiento se le aplica la reducción del 60%
fuentelsol25/06/23 13:02
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Dos contratos de alquiler en el año
Obligatorio no es, porque si no lo pones te deja continuar, pero si es un arrendamiento de los que dan derecho a una reducción del 60%, esto es, que el inquilino lo usa como vivienda habitual, lo más seguro es que te llame hacienda para pedirte ese dato. Yo personalmente lo pondría.
fuentelsol19/06/23 18:51
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Dos contratos de alquiler en el año
En el primer arrendamiento tienes que meter los días que ha estado arrendado ese primer arrendamiento y los días que ha estado en total arrendado ese año. Cuando das de alta el segundo arrendamiento ya te sale relleno el dato del total de días del año que ha estado arrendado, y en cuanto pones el dato de los días que ha estado arrendado ese segundo arrendamiento automáticamente te sale la cantidad de amortización correspondiente a ese periodo.
fuentelsol19/06/23 11:37
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Dos contratos de alquiler en el año
No puedes meter datos de amortización en el segundo arrendamiento (no los necesita, los coge del primero que metas) pero si te fijas en la ventana de los ingresos y gastos si te sale el importe del gasto. Lo importante es que estén metidos bien los días totales que ha estado alquilado durante el año y los días que ha estado alquilado en cada contrato individual.