Fran007
26/07/12 21:56
Ha respondido al tema Jubilación autónomos
Ir a respuesta
La solicitud de la prestación de jubilación tienes un margen para realizarla desde TRES meses antes de cumplir los 65 hasta TRES meses despues de haberlos cumplidos, antes o despues con los derechos y condiciones de cuando cumples los 65,
el problema es que a partir de enero 2013 empieza o surten efectos las nuevas modificacones y aqui es donde no se enteran los funcionarios, porque ni ellos a día de hoy lo tienen claro, unos te dicen lo que ellos interpretan y los más honrados te dicen claramente que no lo saben y que a fin de año vayas y te informaran mejor, por eso te indicaba por si acaso moverlo antes de acabar el ejercicio, pero basicamente son dos, una que a partir de 2013 te computan los ultimos 16 años en vez de 15, con lo que el promedio te saldra un pelin más bajo. y la otra es que te atrasaran posiblemente un mes la jubilación asi, hasta año a año llegar a los 67.
en cuanto a la liquidación teoricamente en e momento estas de baja no puedes tener actividad, de todas formas yo una vez en la Agencia tributaria lo preguntaria pero ojo, si puede ser la contestación por escrito ( para que sea vinculante ) sino estamos como antes, cada funcionario tiene su interpretación de ley, y ten en cuenta que en caso de duda el inspector de turno va a por ti ( presa facil ) no contra el Banquero que nos roba y encima con nuestros impuestos tapamos sus agujeros.
saludos y bonanit