confiado
25/04/19 20:24
Ha respondido al tema
Obligaciones de Eroski y Fagor
Según me han sugerido en Renta4, parece ser que se pueden reclasificar a los clientes según MIDFID. En internet he visto incluso un modelo de solicitud de reclasificación de Renta4:
https://www.r4.com/resources/documentos/mifid/mifid_reclasificacion.pdf
Aquí explican lo de la reclasificación bien:
https://www.bancomediolanum.es/es-ES/informacion-legal/Normativa-mifid.html
De donde se lee:
"
¿Es posible cambiar la clasificación?
MiFID establece la posibilidad de cambiar de clasificación. Así, al amparo de la Directiva, los clientes definidos como minoristas tan sólo podrán renunciar a la protección de las normas de conducta si observan el siguiente procedimiento:
Declarar por escrito a la empresa de inversión que desean ser tratados como clientes profesionales, ya sea en todo momento o con respecto a un servicio de inversión o a una operación determinada, o a un tipo de operación o producto;
La empresa de inversión deberá advertirles claramente por escrito acerca de las protecciones y de los derechos de los que pueden quedar privados, y;
Deben declarar por escrito, en un documento separado del contrato, que son conscientes de las consecuencias de su renuncia a esas protecciones."