450X4=1400 EUROS mensuales, y como vas hacer para poner esos billetes en circulacion. cmo no pagues todos tus gastos en ventanilla, no intentaras colocar en el banco ese dinero?
a efetos fiscales unidad familiar la componen el conyugue y sus hijos menores, a efectos de conyugue es que esten legalmente casados. si hablas de unidad de convivencia. no se como pueden acreditar que la persona que vive en tu casa es tu pareja.?
Atención a la construcción jurídica que me encuentro ahora mismo sobre la mesa:
- Pepito ecuatoriano que se hipoteca por 210.000 euros por un piso de más de 30 años en la frontera entre Carabanchel y Usera.
- Cuotas hipotecarias que se disparan desde 800 hasta 1300 eur/mes.
Tras cinco cuotas impagadas, el banco inicia la ejecución hipotecaria y se encuentra con el siguiente panorama:
a) El pepito ecuatoriano ha desaparecido rumbo a su país con toda su familia y su avalista (un cuñado suyo).
b) La vivienda está ocupada por un inquilino español, que tiene un contrato de arrendamiento suscrito entre él y el pèpito y elevado a público ante Notario de forma conjunta por ambos. El contrato es por 20 años a razón de 250 euros mes. En este contrato se especifica que el español le ha pagado al ecuatoriano los 10 primeros años de contrato (es decir, 30.000 euros) en el momento de la firma en efectivo metálico.
c) Por supuesto, el contrato del nuevo inquilino es absolutamente cojonudo y aparte de repercutir sobre el propietario todo lo repercutible (comunidad, derramas, IBI, reparaciones, etc...) y de tener congelada la renta le permite subarrendar total o parcialmente el piso a cualquier tercero.
Con lo cual el banco tiene un inquilino que va a vivir de gorra durante 10 años y que va a poder hasta hacer negocio. Y que seguramente no le habrá pagado al ecuatoriano más que unos pocos miles de euros (ni de coña los 30.000 que dice ahí).
Me toca atacar este contrato y destruir la posición del inquilino. Esta tarde me reúno con otros dos compañeros a ver que coño se puede hacer.
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