Hola.Lo bueno de poner los contratos a nombre del inquilino es que es él quien es el deudor de cara a la compañía de luz/gas. Si hay un impago SIEMPRE irán contra él, NUNCA contra la vivienda o propietario a no ser que este último quiera asumir la deuda para el cambio de titularidad. Me explico: Si hay una deuda no se puede hacer el cambio de titularidad y te dan 2 opciones: pagar tú la deuda pendiente del inquilino y luego hacer el cambio de titular; o bien, que el contrato siga a nombre del inquilino (la compañía reclamará al inquilino la deuda) y crear un contrato nuevo a tu nombre (lo cual lleva un gasto de alta). Ya depende de la deuda si compensa asumirla por parte del propietario o pagar un alta nueva y que le reclamen al inquilino la deuda.Y lo que dices que el inquilino retenga el contrato a su nombre... no creo que le interese porque si tu (o tu siguiente inquilino) consume luz/gas se lo van a cobrar a él y van a ir contra él, nunca contra la vivienda.Y luego a parte de la deuda, que son recibos emitidos y NO pagados, está la parte proporcional del último ciclo de facturación que va desde el inicio del ciclo hasta la fecha de fin de contrato, que eso no es deuda como tal porque todavía no se ha facturado nada y debería asumirlo el inquilino también. Esta parte no hace falta que el propietario la pague con el cambio de titularidad, se le puede decir a la compañía emita un recibo a nombre del inquilino para esa parte y luego haga un cambio de titularidad. Esta parte al estar a nombre del inquilino y ya estar hecho el cambio de titularidad si que se la come el inquilino, y van contra él para cobrarla.Lo que me pasó a mi (me centraré en la LUZ sólo): Cuando el inquilino dejó la vivienda (el 12 de enero), dejó una deuda en luz, había una factura impagada de 100€. Llamé y me dijo la telefonista de la compañía que si quería hacer el cambio de titularidad en ese momento debía pagar la deuda que si no, un alta nueva eran 200€ y la deuda se quedaba a nombre del inquilino. Obviamente, pague la deuda pendiente del inquilino, me salía mas caro un alta nueva. Para el ciclo de facturación en curso del 16-nov al 16-ene la chica me dijo que la compañía podía "partir" el periodo, del 16-nov al 12-ene que iría contra el inquilino y otro periodo del 12-ene en adelante que emitirían contra mi (lógico). Me recalcó y le pregunté varias veces que pasaba si el inquilino no pagaba esa parte y me dijo que para mi era transparente, que el responsable de esa factura sería el inquilino y que irían contra él SIEMPRE. Pues lo hice así, partía el último periodo de facturación. Al mes me escribió el inquilino diciendo que la vivienda tenía esa deuda y que la tenía que pagar si no quería que me embargasen... no le hice ni caso y de eso ya hace 5 meses, obviamente la compañía se lo reclamaría a él y lo acabaría pagando. Al final como tenía una fianza de 2 meses, pude tirar de ahí para pagarlo.Resumiendo mucho, si se pone un suministro a nombre del inquilino, la compañía SIEMPRE va a ir contra el inquilino, NUNCA contra el propietario, a no ser que al propietario le interese, por la razón que sea, asumir la deuda.Espero haber ayudado.