Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Contenidos recomendados por Berto27

Berto27 15/09/21 09:14
Ha respondido al tema Dudas aportación plan de pensiones individual / empresa
Hola juanantz,Como te comentan, el límite de 2000€ incluye las aportaciones obligatorias que hagas al plan de empresa (esos 50€). Por lo tanto, tienes un margen de 1400€ para aportar al plan que quieras, el de tu empresa u otro.Los planes de empresa sí admiten aportaciones voluntarias.Cuando tienes un plan de empresa de Caixa pero no eres cliente del banco (tu caso hasta el 12 de noviembre), el acceso al plan se realiza a través de un portal de la gestora (VidaCaixa) llamado "Aporta+". Es una web personalizada para la empresa que muestra toda la información de tu plan, aportaciones, etc., pero no permite hacer gestiones; esas hay que hacerlas en papel. Por tanto, cosas tan básicas como hacer una aportación voluntaria o simplemente cambiar tu dirección postal se complica mucho. Sin embargo, cuando sí eres cliente del banco (como será tu caso pronto), puedes ver toda la información del plan desde la web/app del banco y realizar aportaciones voluntarias de manera muy sencilla, ya lo verás.Sobre el plan a elegir, unas consideraciones:Los planes de empresa son, por lo general, absolutamente imbatibles en comisiones. Ni los planes individuales con las comisiones más bajas del mercado se les acercan. En ese sentido, el de tu empresa te puede interesar.La desventaja que yo le veo es que no se permiten movilizaciones. Es decir, el día de mañana no podrías llevarte tu dinero a otro plan de pensiones, ni siquiera esas aportaciones voluntarias. A veces el reglamento del plan permite la movilización si dejas de trabajar en tu empresa, pero no siempre. En cambio, si aportases a otro plan, podrías cambiar esas aportaciones voluntarias de plan e incluso de banco en cualquier momento.Además de eso, podrías elegir en qué plan invertir según tu perfil de riesgo (renta variable, renta fija, alternativos...), mientras que en el de empresa te vendrá dado. Eso puede ser bueno o malo según si tienes claro en qué invertir o prefieres la comodidad del plan de empresa.En fin, espero haberte ayudado. Si tienes cualquier otra duda, coméntalo.PS: Las comisiones de cualquier plan se descuentan del valor del propio plan. No te las van a cobrar de ninguna cuenta ni nada parecido.
Ir a respuesta
Berto27 26/07/21 15:47
Ha respondido al tema Derecho a heredar en caso de premoriencia
Revisa bien el tema del seguro de vida. Cuando hay hipoteca, es habitual hacer un seguro de vida poniendo como beneficiario al banco. En caso de fallecimiento, el seguro paga la hipoteca pendiente, cancelando la deuda, lo cual puede cambiar mucho las cosas por lo que comentas.
Ir a respuesta
Berto27 09/06/21 12:45
Ha respondido al tema Deducción alquiler Renta 2020 Comunidad de Madrid, requisitos.
¿Estás seguro de que se trata de un contrato nuevo y no una prórroga del anterior? En ese caso, estaría exento de ITP.El Real Decreto-ley 7/2019 en su artículo quinto modificó la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados declarando exentos los arrendamientos de vivienda habitual a nivel nacional. Este cambio entró en vigor el 6 de marzo de 2019.Por tanto, si tu contrato es de febrero de 2020, te puedes olvidar del ITP.
Ir a respuesta
Berto27 23/04/21 22:05
Ha respondido al tema Exceso aportaciones Plan Pensiones
Quien te ha respondido en la gestora podría no estar demasiado informado porque creo que tienen obligación de notificar el cambio como comentaba arriba. Casi seguro que en unos días ves el cambio en los datos fiscales porque estoy convencido de que el proceso está automatizado y se va a lanzar la actualización automáticamente. Ahora, tampoco te preocupes si no lo ves. Si en el futuro la AEAT te pregunta por este tema, aportas la documentación y listo. Si la gestora no informase del cambio, la multa se la llevan ellos y no tú, que has indicado la información correcta en tu declaración.
Ir a respuesta
Berto27 22/04/21 14:08
Ha respondido al tema Cambio residencia dentro de la comunidad autónoma
Te pide dos cosas, primero ratificar tu domicilio actual (el nuevo, es donde te enviarán notificaciones de ser necesario) y después, ya dentro del borrador, la comunidad autónoma de residencia en 2020 (que en tu caso es la misma que la actual).
Ir a respuesta
Berto27 22/04/21 13:54
Ha respondido al tema Exceso aportaciones Plan Pensiones
Creo que la gestora notifica a la AEAT mediante una corrección del modelo 345. Espera un par de semanas y entra en tus datos fiscales en la web de la AEAT y debería salir regularizado.
Ir a respuesta
Berto27 18/04/21 19:51
Ha respondido al tema Domicilio fiscal
Si tu vivienda habitual está arrendada, es que no es tu vivienda habitual 😉Tu vivienda habitual es aquella en la que resides la mayor cantidad de días en el año. Hay gente que reside en una vivienda entre semana y durante el fin de semana se va a otra vivienda en la playa o la montaña. En este caso, su vivienda habitual es la que utiliza de lunes a viernes. También hay gente que reside diez meses en un lugar y luego se va a pasar los dos meses de verano en otro. En este caso, su vivienda es la de invierno. Lo que no vale decir es que vives ahí "temporalmente durante dos años". Eso no es temporal, es tu vivienda habitual durante esos dos años.Además de ser tu vivienda habitual, también es tu domicilio fiscal. Y, por cierto, también es el lugar donde estás obligado a empadronarte.
Ir a respuesta