No soy experta, pero lo que he oído en la Radio y leído en la OCU es que NO ES LEGAL que te cobren por conceptos que tu no has pedido.
Ya sea Pan, aceitunas de cortesía o el concepto tan absurdo como "cubierto", pero que es esto??
Se supone que en un restaurante no te pueden cobrar por un concepto necesario para el servicio solicitado.
Ya puestos, los hoteles te podría cobrar hacer la cama...
Otra cosa que no es legal y en los restaurantes italianos muy típico, es ofrecer la carta de precios sin IVA, (SEÑORES NO VENGA A TOMARNOS EL PELO, POR FAVORE)
Cuidadito con comprar en esos sitios.
He visto la TV 47LG671v que ellos la tienen en 999 € (para pagar a plazos 0%TAE).
Esa tele me la compré el otro día en Rakuten a menos de 550€ con portes incluido y se puede encontrar por debajo de los 600€ con ofertas como las de hoy en el Carrefour sin IVA.
Hablamos de casi el doble señores.
Que TAE le han metido verdaderamente a esa tele para que cueste el doble?
¿Como tienen que estar estos bancos que como ya no venden créditos tienen que vender TV? y al doble casi de PVP