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Participaciones del usuario Angudes - Fiscalidad

Angudes 17/02/17 13:46
Ha respondido al tema Deducción por adquisición de vivienda habitual
Es raro que tengas una hipoteca por solo una parte de la casa Pero si es asi, claro que es correcto que desgrabes todo lo que pagas por tu parte de la propiedad Pero tambien tendra que declarar el titular de la otra parte la cesion si disfrutas del uso de toda la vivienda
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Angudes 28/08/16 08:07
Ha respondido al tema Cual seria mi sueldo neto cobrando 13125€ brutos?
937,5 en los que sale entre catorce pagas en bruto Segun calculadora en la web cincodias 833 Despues no hay concepto claro de mileurista , aunque parezca que lo dice la palabra , wikipedia dice que fue un termino que aparecio en el periodico el Pais Al final lo que quiere decir es que no nos podemos hipotecar (no nos dejan) , ni gastar mucho , que nuestro sueldo es bajo y nos diferenciamos de otros con salario minimo
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Angudes 01/09/15 22:35
Ha respondido al tema Alquiler vivienda
Hay que pagar lo que corresponda. Eso es como quien pregunta por la velocidad a la que hay que ir para que no te multen Se pone el importe correcto
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Angudes 11/04/15 12:43
Ha respondido al tema Tengo un piso de propiedad, alquilado....[renta 2014]
El responsable de la declaracion eres tu. Ya en la informacion del borrador avisan que si falta algo o esta incorrecto lo modifiques o incluyas tus otros ingresos o deducciones La hipoteca y el alquiler son cosas diferentes (te lo digo por que no se si aun existe la desgrabacion por hipoteca, solo era por la vivienda habitual)
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Angudes 31/10/13 16:39
Ha respondido al tema Dudas Ayuda Familiar
Alquilar un piso y no declararlo es ilegal Si tienes ingresos de mas 75% del SMI (creo que era sobre 483€) no puedes tener ayuda , si es en caso puntual puedes suspenderlo ese mes (si tus ganancias anuales superan el 75% del SMI tampoco tendras derecho a la ayuda) Hay que incluir todo , ganancias , intereses de depositos, alquileres "careciendo de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias"
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