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Declaración individual y declaración conjunta de mi cónyuge simultáneas
No tiene porqué haber sanción si ha sido un error tonto. Hasta que acabes el plazo de la renta lo puedes modificar. ¿Ya lo habéis entregado? No esperéis a ver si cuela porque solamente va a suponer más jaleo al final. Saludos.
Ana Mc07/04/16 09:27
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Compensar pérdidas ejercicios anteriores
Buenos días,
Ana Mc06/04/16 16:58
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IRPF 2015 Rellenar apdo G2
Buenas tardes, ahí reflejas la entidad, el productto, la venta,... y el total. Un saludo.
Ana Mc06/04/16 10:46
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Casilla acciones renta 2015
Si son todos de la misma entidad, rellena los apartados que te correspondan de la primera columna (entidad emisora 1), y luego la casilla del total.
Ana Mc05/04/16 13:35
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Casilla 490 en la declaración de la Renta
Ana Mc05/04/16 13:26
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Programa PADRE: diferencias con el programa Renta Web
Hola Andreu,
si no tienes rentas de actividades económicas se utiliza Renta Web.
Dile al otro forero que se informe mejor ;) jeje
Un saludo.
Ana Mc31/03/16 16:30
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Programa PADRE: diferencias con el programa Renta Web
Buenas tardes,
para obtener el número de referencia, debes entrar en la página web de la Agencia Tributaria. Al igual que Renta Web y programa PADRE, podrás obtener el número de referencia desde el día 6 de Abril.
Accedes al apartado "Renta 2015", y una vez ahí, click en el icono amarillo "RENØ" (obtención del número de referencia). Puedes obtenerlo mediante la información de la cl@ve PIN, del certificado electrónico, o de la casilla 490 Renta 2014.
Si optamos por la casilla 490, introduciremos como datos el contenido de dicha casilla, el NIF y el primer apellido de la declaración de 2014. La Agencia Tributaria te enviará al móvil que hayas facilitado al rellenar tus datos, un SMS indicando el número de referencia de Renta.
En el caso de no haber declarado en la Renta 2014, hay que aportar los 24 dígitos del IBAN (Código Internacional de Cuenta Bancaria) de una cuenta bancaria de la que seas titular, y que conste en las bases de datos de información de la Agencia Tributaria (es decir, que no podrá ser una cuenta abierta recientemente).
La declaración se hace en la web. También si vendes acciones, pisos, etc.
Un saludo.
Ana Mc31/03/16 15:37
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Declaracion de la renta de un divorciado
Buenos días, los importes de manutención que les pasas a tus hijas te los puedes desgravar, siempre y cuando estén dictaminados judicialmente. En hijos a cargo no tienes que poner nada, ya que están a cargo de la madre. Si lo pusieras, Hacienda diría algo, pues sólo pueden estar en una unidad familiar, a no ser que sea custodia compartida en la que los tuvierais a medias, por lo que se prorratearía. Un saludo.
Ana Mc31/03/16 15:23
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Programa PADRE: diferencias con el programa Renta Web
Buenas tardes,
los que tengan rendimientos de actividades económicas no podrán utilizar Renta Web, por lo que el contribuyente que deba declarar rentas de trabajo y rentas procedentes de actividades económicas, tendrá que utilizar el programa PADRE.
Un saludo.
Ana Mc31/03/16 13:19
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Es obligatorio pagar autónomos por otra actividad si soy funcionario? - Seguridad Social
Buenos días, no es necesario darse de alta en autónomos siempre. Aquí te dejo un artículo en el que aparecen excepciones: http://www.rankia.com/blog/asesor-fiscal/2837700-como-facturar-ser-autonomo Un saludo.