Es que con las declaraciones de la renta no se puede saber todo el origen de la pasta a no ser que les mandes las de toda tu vida ...y ni así....Imagina que heredaste un pastizal hace tropecientos años.....o llevas mucho sin currar.....puedes tener muuuchos ahorros y no trabajar o ganar mucha pasta trabajando y no tener un € en la cuenta porque te lo fundes todo.La cuestión es que si el dinero proviene de otra cuenta, ya está declarado....lo demás es tocar las narices para tener datos nuestros
Según BOE, no.https://boe.es/boe/dias/2023/07/19/pdfs/BOE-A-2023-16651.pdf"Con independencia de la fecha en que se haya producido el reconocimiento de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, las cuantías máximas y mínimas previstas en los anexos IV y V tendrán efectividad a partir del día primero del mes siguiente a la entrada en vigor de este real decreto."
Pues perfecto, gracias.El tema es que se me acabará un viernes y quería dejarlo ok el mismo día porque creo recordar que el año pasado no dejaban realizar ese tipo de operaciones el finde, y claro hasta el lunes es dinerito que vuela 😅
Claro, si es una CC sólo al nombre de tu mujer entonces ya sería diferente......o una CC conjunta tú y un amigo/familiar tampoco sería normal..... pero una CC en que los 2 titulares son matrimonio, es normal que hayan entradas/salidas de dinero sin problema porque no es sospechoso de nada.Obviamente te hablo de "a la práctica" porque yo mismo nunca tuve problema con cantidades más altas y no conozco a nadie con problemas en ese sentido en CC conjuntas de matrimonios......si vamos a "en teoría", pues creo que sí, sería donación..... incluso 1€ también.
Lo mismo da separación de bienes que gananciales.... teóricamente ese dinero sigue siendo solo tuyo por estar en separación de bienes, pero el tenerlo en una CC conjunta en la que la otra titular es tu mujer, pues ahí no entra Hacienda porque es lo más normal del mundo.....y hablo de primera mano con cantidades muchísimo más altas.
Ok gracias 👍....pues en agosto confirmado, pero hay que dar un fuerte aplauso porque se han cargado la retroactividad y habrán robado 7 meses de la subida."Con independencia de la fecha en que se haya producido el reconocimiento de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, las cuantías máximas y mínimas previstas en los anexos IV y V tendrán efectividad a partir del día primero del mes siguiente a la entrada en vigor de este real decreto."
En este caso en mi opinión el vendedor no tiene porqué saber si el inmueble que compra está a nombre de 1 o de 15 personas..... él hace un trato de compraventa con x persona y es a esa persona a la que debería pagar..... luego ya el día de la firma en notaría ya sabría oficialmente a nombre de cuántos está, pero antes?..... obviamente si se interesa lo puede saber antes, pero no es problema suyo a mí parecer.Respecto a lo que te comenté antes, el abogado dijo que no problem el ingreso en CC conjunta..... pero tampoco entiendo muy bien la razón del porqué Hacienda no lo puede considerar cómo una donación cuando hay una separación de bienes.....aunque oye, por mí perfecto 👍