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Subsidio mayores de 52 años solicitud con aceptación de herencia con anterioridad y a falta de hacer el reparto
Buenos días:
Ante todo agradeceros todo el asesoramiento e información que nos dais, sin vuestra ayuda seria imposible.
Hare varias preguntas en las cuales intentare explicarme lo mejor posible.
1º Mi mujer actualmente esta trabajando pero a 31/08/2024 le termina el contrato y en Septiembre volverá a solicitar el Subsidio mayores de 52 años, en fecha 17/04/2024 recibió una herencia compartida entre 3 herederos por fallecimiento de su padre y también el usufructo del cual disponía su padre por fallecimiento de la madre con anterioridad, cuando vaya al Sepe a solicitar dicho Subsidio, al ser aceptada la herencia con anterioridad a la solicitud, debe de comunicar dicha herencia y acreditarlo con documentación.
2º La herencia fue aceptada ante notario y escritura publica en fecha 17/04/2024 ( cual contempla Acciones en Usufructo 1 Vivienda 1 Garaje, 1 Deposito , letras del Tesoro, dinero en Cuentas Bancarias.) en el supuesto que le concedan el subsidio a posteriori aproximadamente en fecha 15/09/204 cual cumple todos lo requisitos, y pasado unos meses ya percibiendo el subsidio los herederos deciden vender la vivienda, como computaría ante el sepe los ingresos obtenidos de la venta. La aceptación de la vivienda en escritura publica esta valorada en 149.500€ y se estima la venta en 130.000€ cual seria a repartir entre 3 herederos en la cantidad de 43.333€ entiendo que en la venta no hay ganancia si no perdida. Al ser Patrimonio con anterioridad a la solicitud del subsidio y no obteniendo ganancias en la venta, debo de comunicarlo al sepe dicha venta. En el caso de el sepe lo interprete como incremento de patrimonio me suspenderían el subsidio solamente un mes o para siempre. Si no estoy equivocado los ingresos obtenidos por la venta serian 43.333€/12 meses = 3.611€ pasándome del salario mínimo, afectaría como ingresos solamente al mes de la venta y el resto de meses computaría como interés presunto o bien explicito.
3º La aceptación de la Herencia fue en fecha 17/04/2024 pero aun no se ha hecho el reparto, como computaría el sepe sobre (Acciones en Usufructo, 1 Deposito, letras del Tesoro, dinero en Cuentas Bancarias.) computaría al interés presunto al no estar en cuenta del titular que a heredado y de ser así al estar en bienes gananciales la rentabilidad del interés presunto se puede compartir con el conyugue, o al ser interés presunto no generando ingresos solamente le afecta al titular.
Muchas gracias
Att. José A.
Ante todo agradeceros todo el asesoramiento e información que nos dais, sin vuestra ayuda seria imposible.
Hare varias preguntas en las cuales intentare explicarme lo mejor posible.
1º Mi mujer actualmente esta trabajando pero a 31/08/2024 le termina el contrato y en Septiembre volverá a solicitar el Subsidio mayores de 52 años, en fecha 17/04/2024 recibió una herencia compartida entre 3 herederos por fallecimiento de su padre y también el usufructo del cual disponía su padre por fallecimiento de la madre con anterioridad, cuando vaya al Sepe a solicitar dicho Subsidio, al ser aceptada la herencia con anterioridad a la solicitud, debe de comunicar dicha herencia y acreditarlo con documentación.
2º La herencia fue aceptada ante notario y escritura publica en fecha 17/04/2024 ( cual contempla Acciones en Usufructo 1 Vivienda 1 Garaje, 1 Deposito , letras del Tesoro, dinero en Cuentas Bancarias.) en el supuesto que le concedan el subsidio a posteriori aproximadamente en fecha 15/09/204 cual cumple todos lo requisitos, y pasado unos meses ya percibiendo el subsidio los herederos deciden vender la vivienda, como computaría ante el sepe los ingresos obtenidos de la venta. La aceptación de la vivienda en escritura publica esta valorada en 149.500€ y se estima la venta en 130.000€ cual seria a repartir entre 3 herederos en la cantidad de 43.333€ entiendo que en la venta no hay ganancia si no perdida. Al ser Patrimonio con anterioridad a la solicitud del subsidio y no obteniendo ganancias en la venta, debo de comunicarlo al sepe dicha venta. En el caso de el sepe lo interprete como incremento de patrimonio me suspenderían el subsidio solamente un mes o para siempre. Si no estoy equivocado los ingresos obtenidos por la venta serian 43.333€/12 meses = 3.611€ pasándome del salario mínimo, afectaría como ingresos solamente al mes de la venta y el resto de meses computaría como interés presunto o bien explicito.
3º La aceptación de la Herencia fue en fecha 17/04/2024 pero aun no se ha hecho el reparto, como computaría el sepe sobre (Acciones en Usufructo, 1 Deposito, letras del Tesoro, dinero en Cuentas Bancarias.) computaría al interés presunto al no estar en cuenta del titular que a heredado y de ser así al estar en bienes gananciales la rentabilidad del interés presunto se puede compartir con el conyugue, o al ser interés presunto no generando ingresos solamente le afecta al titular.
Muchas gracias
Att. José A.