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Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

9 respuestas
Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total
#1

Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

Hola!!! Os escribo porque estoy muy desorientado y tengo un mar de dudas. 
Tengo una demencia frontotemporal y los únicos informes que poseo son los del neurólogo de la seguridad social y psicólogo privado. No sé si esto es suficiente. Como creo que el tipo de trabajo es importante, yo soy ingeniero agrónomo. 
Mi idea es pelear por una incapacidad permanente absoluta, pero no sé si con mi enfermedad esto es viable, que os parece? 
Os cuento que tengo 65 años y temo que si me dieran la total saldría perdiendo económicamente frente a mi jubilación anticipada pues me han comentado que si te dan la total es irrenunciable y como tienes esa pensión no puedes entonces prejubilarte. Es esto cierto?  
Que me recomendáis? Como veis estoy sumido en un mar de dudas….
#2

Re: Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

Sobre si es la absoluta o no, ya hay me pierdo... pero donde leíste que no te puedes jubilar, te aconsejo que vayas buscando un perito médico para pelarla, y el te dice cual te pertenece 
#3

Re: Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias Vanessa por contestarme. La verdad que en cuanto me llegue la resolución voy a hablar con algún abogado porque a mí me cuesta manejarme con todos estos conceptos desconocidos para mí. No sé ni qué posibilidades tengo ni cuánto cobraría en cada caso ni el asunto de prejubilarte si tienes la total.  Todo esto es un mundo para mí. 
Un abrazo. Y millones de gracias. 
#4

Re: Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

Hola Josmaria,

Entiendo perfectamente tu situación y tus preocupaciones. Vamos a intentar aclarar tus dudas una por una.

  1. Informes Médicos:

    • Es fundamental tener informes médicos detallados y actualizados que respalden tu diagnóstico y las limitaciones que te impone la demencia frontotemporal. Los informes del neurólogo y del psicólogo son muy importantes, pero sería recomendable tener también informes de tu médico de cabecera y, si es posible, de otros especialistas que puedan avalar tu situación.
  2. Incapacidad Permanente Absoluta:

    • La incapacidad permanente absoluta se concede cuando una persona está incapacitada para realizar cualquier tipo de trabajo. Dado tu diagnóstico, puede ser viable solicitarla, pero es necesario que los informes médicos lo justifiquen claramente.
  3. Comparación con Jubilación Anticipada:

    • Es cierto que la pensión por incapacidad permanente total (IPT) puede ser menos favorable económicamente que la jubilación anticipada. Sin embargo, si te conceden la incapacidad permanente absoluta (IPA), esta suele ser del 100% de tu base reguladora, lo que podría ser más beneficioso económicamente.
  4. Irrevocabilidad de la IPT:

    • La pensión de incapacidad permanente total es compatible con el trabajo en otras ocupaciones que no sean las habituales del pensionista. Sin embargo, en términos de prejubilación y jubilación, la normativa puede ser compleja. Generalmente, una vez concedida la IPT, no se puede renunciar a ella para optar por la jubilación anticipada. Por eso, es importante evaluar todas tus opciones antes de tomar una decisión.
  5. Recomendaciones:

    • Te recomiendo que consultes con un abogado especializado en derecho laboral o un gestor que pueda analizar tu caso en detalle y asesorarte sobre la mejor opción en tu situación. Ellos podrán ayudarte a decidir si es mejor luchar por la IPA o considerar la jubilación anticipada.
    • También puede ser útil contactar con asociaciones de pacientes de demencia o de trabajadores con discapacidad para obtener apoyo y orientación.

Espero que esta información te sea útil y te ayude a tomar la mejor decisión para tu situación.

Un saludo y mucho ánimo,

Emilio.
#5

Re: Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

Emilio muchísimas gracias!!!!
La verdad que una explicación tan extensa y concreta da gusto. Es una pasada que haya gente como tú que brinda esta ayuda tan valiosa. 
Con lo que me comentas ya lo tengo mucho más claro. 
Ahora voy a esperar la resolución del INSS a ver qué tipo de incapacidad me dan y en virtud de eso pelearé por la absoluta, que yo creo que podría conseguirla judicialmente. 
Muchas muchas gracias de corazón. 

#6

Re: Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes,

Escribo para ver si alguien ha tenido una experiencia similar. A mi hermano le han reconocido la incapacidad absoluta en la reclamación previa. La presentamos y, como era de esperar, no contestaron. Sin embargo, después de haber presentado la demanda y con la fecha ya del juicio prevista, 6 meses después de haberla presentado han estimado la reclamación previa y le han concedido la incapacidad.

Le han pedido decidir si continuaba cobrando el paro, como lo venía haciendo, o si comenzaba a cobrar la prestación por incapacidad. Desde que entregó ese documento no hemos tenido noticias y aún no ha cobrado la prestación. ¿Alguien sabe cuánto tiempo suele tardar en empezar a cobrarla? ¿Y desde qué fecha se reconoce, desde la denegación inicial que fue en noviembre o desde que se la han concedido tras la reclamación?

Muchas gracias de antemano.
#7

Re: Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

hola josmaria a ver si entre todos te podemos orientar un poco:
1º  los informes verdaderamente importantes son los del neurologos,los del psicologo(que no es un medico) y si encima son privados la realidad es que se los miran por encima siendo muy generoso y los informes del medico de cabecera se basan en el informe del neurologo.
2º  el tema de total o absoluta ya te lo ha explicado y muy bien el compañero emilio
yo intentare explicarte el tema de la jubilacion.
si vienes del regimen general y segun dices tienes 65 años con la absoluta esta claro que es el 100% y esta exenta de irpf,con la total vas a cobrar el 75% de tu base reguladora hasta que cumplas la edad de jubilacion a los 67 años y en esa fecha te puedes jubilar con el porcentaje que te pertezca segun los años cotizados,desde los 65 a los 67 años(esto se llama lagunas de cotizacion) la ss te cubre la cotizacion a unos 1324€ mensuales,por contra si vienes del regimen de autonomos es todo igual pero los dos años de los 65 a los 67 cotizas 0€.
espero haberte aclarado alguna duda,cualquier duda por aqui estamos.
#8

Re: Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

 
Teniendo en cuenta lo anterior, esta es la tabla de porcentaje de jubilación válida desde el año 2023 hasta el año 2026 en función de los años cotizados.
estos son los porcentajes de jubilacion segun los años cotizados:

15 años | 50,00 % | 26 años | 76,06 %
16 años | 52,52 % | 27 años | 78,34 %
17 años | 55,04 % | 28 años | 80,62 %
18 años | 57,56 % | 29 años | 82,90 %
19 años | 60,08 % | 30 años | 85,18 %
20 años | 62,38 % | 31 años | 87,46 %
21 años | 64,66 % | 32 años | 89,74 %
22 años | 66,94 % | 33 años | 92,02 %
23 años | 69,22 % | 34 años | 94,30 %
24 años | 71,50 % | 35 años | 96,58 %
25 años | 73,78 % | 36 años | 98,86 %
 |  | 36 años y seis meses | 100,00 % 

#9

Re: Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

Holaaa,mi marido recibió el 28 de octubre un sms de incapacidad favorable,hoy 5 de noviembre he recibido la carta del INSS y le han aprobado la absoluta desde el 16 de octubre hasta 31 fecha de cobro, todavía no ha cobrado y estamos a 6 de noviembre !! gracias 
#10

Re: Incapacidad permanente absoluta - Incapacidad Permanente Total

Buenos días Josémaria creí que la mejor opción es la jubilación anticipada ya que te asegura mínimo el 80% de tu base de cotización si es por incapacidad permanente total es solo el 55% un saludo