Cobrar derechos pasivos de una cartera de seguros ¿incompatible con una incapacidad permanente?
Soy Agente de seguros desde hace 25 Años en la misma compañía tengo una cartera que la he estado trabajando hasta hoy, el tema es que me han concedido una incapacidad permanente el I.N.S.S.. y me piden que les justifique el cese de la actividad y las ultimas cotizaciones de Autónomos hasta el cese.
En la Tesorería me indicaron que primero tengo que dar de baja en Hacienda la Actividad Económica y luego con esa baja ya me dan de baja ellos en las cotizaciones de autónomos.
Por otra parte la compañía de Seguros, me da de baja como Agente y me pasa la cartera a derechos pasivos en concreto empezare a cobrar el 55% de mi cartera hasta que muera la misma por bajas de los clientes, pero ya sin ejercer ninguna actividad empresarial ni económica, ya no tendré nada que ver con la cia de seguros a excepción que me paguen todos los meses los derechos pasivos.
La pregunta es como contarían esos ingresos de los derechos pasivos, ya estaré dado de baja de Actividades económicas y de la Seguridad social,
¿Los tendré que poner como un rendimiento mas del trabajo, sumándolo a lo que perciba por mi incapacidad?
O se considerarian Actividad economica aunque no este ejerciendo ningun trabajo ni actividad alguna sobre esa cartera ya que solo son dechos pasivos.
GRACIAS