MyInvestor: contratación de seguro de daños e incendio con Andbank como beneficiario irrevocable
Buenos días a todos,
Estoy intentando mejorar las condiciones de mi actual hipoteca y he procedido a solicitar una oferta a MyInvestor, que tiene un préstamo variable sin (aparentemente) vinculaciones a otros productos.
El caso es que descargado la FIPRE de su hipoteca variable y me escama la condición relativa a la contratación obligada del seguro de daños e incendio a favor por el valor de la tasación y a favor del banco (como beneficiario irrevocable) como condición no negociable para la concesión del préstamo hipotecario.
Parto de los siguientes valores para la contratación del seguro:
- El valor de adquisición de mi vivienda fue de 290.000 € en 2015.
- El valor de tasación por BBVA y que consta en escritura (aplicado en caso de ejecución) es de 350.000 €.
- El valor de mercado actual oscila entre los 425.000 € y los 475.000 €.
- La casa tiene 150 metros cuadrados, incluyendo anejos (1 plaza de garaje y 1 trastero) y zonas comunes
- Recientemente he adquirido una plaza de garaje en el mismo edificio
- Hemos introducido mejoras significativas en la vivienda (suelos, acristalamiento, elementos de mejora de la eficiencia energética, etc.)
Y dicho esto, me surgen muchísimas dudas:
- ¿Por qué importe debo contratar la póliza para estar completamente cubierto en caso de un incendio o cualquier otro siniestro que haga que la vivienda sea inhabitable y haya que proceder a su construcción y que esto sea así en cada momento sin importar los años que me queden de amortizar el préstamo?
- Derivado del anterior, entiendo que adicionalmente debo incluir el valor del contenido, los costes de extinción y desescombro y los gastos de trasladar a mi familia a una vivienda alquilada o un hotel? ¿Esto debería ser así? ¿Debo incluir algo más en la póliza?
- En el caso de un siniestro por terremoto o incendio, ¿no se hace cargo el seguro de la Comunidad de Propietarios del edificio (al menos, en parte)? ¿Se solapan los seguros en la parte del continente)?
- ¿Puedo modificar al beneficiario cuando quiera aunque el banco me diga que sea irrevocable? En tal caso, ¿podría la entidad cancelar mi préstamo unilateralmente?
- ¿Qué sucedería si se produce el siniestro y el banco recibe la indemnización? ¿Cancela primero la deuda pendiente? ¿Qué pasa con el sobrante (si lo hay) y cómo tributa)?
Muchas gracias de antemano,
Un saludo a todos,
Miguel A.