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Genesis auto o Allianz auto

36 respuestas
Genesis auto o Allianz auto
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#31

Re: Genesis auto o Allianz auto

Respecto a la negrita es claro que no la destacan. Tu consentimiento, por así decirlo, estará en las condiciones particulares en el momento que las devuelves firmadas ya que allí te dirá algo así como que conoces y aceptas bla bla bla...

#32

Re: Genesis auto o Allianz auto

Pues en las condiciones particulares que envío firmadas para nada figura algo relativo a la defensa jurídica.
Lo dicho que Genesis se ha columpiado con esta imposición que además en mi caso particular aplicaron torticeramente pues no había ninguna reclamación que hacer a la otra compañía sino que tenían que pagar lo que me correspondía ya que la otra compañía había accedido a repararme el coche y por tanto admitido la culpa de su asegurado y pagado el módulo.

#33

Re: Genesis auto o Allianz auto

Lo que te quiero decir es que no habrá algo relativo a la defensa jurídica sino algo genérico que dirá respecto a las cláusulas limitativas o exclusiones recogidas en el contrato o en las condiciones generales y las cuales aceptas expresamente.....

#34

Re: Genesis auto o Allianz auto

Pues las condiciones generales no las he leído de cabo a rabo, pero por lo que entendí de la consulta hecha a la DGSFP que mandó Patocles, las clausulas limitativas tienen que ser expuestas y aceptadas expresamente de una en una, entiendo que tras su exposición para mi conocimiento expreso de esa limitación de mis derechos a lo cual puedo aceptar o no.
No me parece lógico ni legal meter 10 clausulas limitativas en el condicionado general y decir en un párrafo que las acepto sin más.

#35

Re: Genesis auto o Allianz auto

Veo que me estoy explicando muy mal porque no me entiendes.... eso que te digo debe estar escrito en las condiciones particulares y hacer referencia a las cláusulas limitativas y/o exclusiones existentes en el condicionado general.

#36

Re: Genesis auto o Allianz auto

Ahora te entendí y efectivamente en las condiciones particulares dentro del título "Aceptación Condiciones Generales" el último párrafo dice textualmente: "El Tomador acepta específicamente todas y cada una de las limitaciones y exclusiones que se resaltan en las Condiciones Generales de la Póliza". Y esta es la única mención que se hace de ellas.
No se si con ello salvan la legalidad pues iguala a la misma categoría clausulas limitativas con exclusiones, que son dos cosas diferentes y con diferente tratamiento, entiendo que las clausulas limitativas tienen que ser remarcadas y aceptadas una por una o incluidas por lo menos todas en un apartado específico con tal nombre y las exclusiones tienen que estar remarcadas y su aceptación es el de la póliza.
Me baso en la interpretación de la ya citada consulta, donde en la Contestación y en su punto 2 dice uno de sus párrafos: "Otro requisito es que las cláusulas limitativas deberán ser específicamente aceptadas por
escrito por el tomador, bien en la propia póliza, en que se contienen las condiciones
particulares y generales, bien en otro documento. En ambos casos, el tomador no sólo ha
de firmar o suscribir la póliza, sino que también deberá constar una mención expresa a
dichas limitaciones, indicando que reconoce haber leído y acepta expresamente con su
firma las cláusulas limitativas de sus derechos contenidas en el contrato que suscribe."
Y es en esta parte final donde entiendo que se necesita además de la firma de la póliza la firma de conforme de haber leído y aceptado el apartado donde se expongan las clausulas limitativas de la póliza.
Lo cual es interesante también porque yo no tengo porque saber si una clausula es limitativa o no lo es si no lo indica como tal o viene recogida en un apartado indicativo de ello.
En las condiciones generales de Genesis viene dentro del Aparatado de Defensa Jurídica en otro subapartado: "E. Iniciación de procedimientos y recursos" donde suelta la clausula limitativa sin indicar tal hecho ni remarcarlo tan siquiera en negrita.

#37

Re: Genesis auto o Allianz auto

Ya te decía que ahí lo pondría. Ahora bien, el hecho de que lo ponga y lo hayas aceptado al firmar las condiciones particulares en la práctica va a suponer que genésis se va a acoger inicialmente a ello para no cubrir o garantizar esa prestación. No obstante, de no aparecer dicha limitación resaltada en negrita, tal y como establece la norma, te deja la puerta abierta a que presentes una reclamación a la compañía (la cual te la desestimará) y posteriormente acudas a su defensor del asegurado donde, muy probablemente terminen dandote la razón. Todo este proceso puede tarde entre 5 o 6 meses...

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