Lo primero de todo, dependiendo del por qué de esa incapacidad permanente absoluta, para poder percibir la prestación puede que tenga que tener un período mínimo cotizado.
Y lo segundo, el número de mensualidades depende de la causa que originó la incapacidad permanente absoluta:
- Si es por enfermedad profesional o accidente laboral, el salario del año anterior.
- Si es por enfermedad común, los últimos 96 meses.
- Si es por acidente no laboral y se está en alta o situación asimilada, los 24 últimos meses.
- Si es por accidente no laboral y no se está en alta, los últimos 96 meses.
Saludos.