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Siniestro Total, a todo Riesgo y NO culpable

21 respuestas
Siniestro Total, a todo Riesgo y NO culpable
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Siniestro Total, a todo Riesgo y NO culpable
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#17

Re: Siniestro Total, a todo Riesgo y NO culpable

Pues vas a tener que cambiar el sector. DIme una sola de las compañías con las que trabajas en la que la cobertura de Defensa Jurídica lo emitas con un contrato independiente cuando haces un seguro de autos.

#18

Re: Siniestro Total, a todo Riesgo y NO culpable

En todas.
Artículo 76 c)
El seguro de defensa jurídica deberá ser objeto de un contrato independiente.
El contrato, no obstante, podrá incluirse en capítulo aparte dentro de una póliza
única, en cuyo caso habrán de especificarse el contenido de la defensa jurídica
garantizada y la prima que le corresponde.

#19

Re: Siniestro Total, a todo Riesgo y NO culpable

A ver que se indemnice por la pérdida total del vehículo no significa que el contrato se extinga, eso depende de las compañías, cada cuál enfoca el contrato de una forma diferente.

Por ejemplo pongamos un siniestro de un vehículo con un valor venal muy bajo, se puede indemnizar por un capital por pérdida total y seguir pasando la ITV sin problemas y circulando, es decir aunque se haya indemnizado por el valor de pérdida total realmente el bien no ha desaparecido y por tanto no se ha extinguido el contrato. Esto es lo habitual, por lo menos en las aseguradoras con las que trabajo, sin embargo tengo conocimiento que en MM no actuan así.

Caben muchas interpretaciones para los contratos o normas jurídicas que nos rigen y cada compañía los interpreta como sus juristas interpretan, así que no creo que debáis discutir por algo así cuando los dos, de sobra, habéis demostrado vuestros conocimientos en múltiples ocasiones sobre el sector.

Saludos.

#20

Re: Siniestro Total, a todo Riesgo y NO culpable

Ves... lee lo que tu mismo has escrito.... POLIZA ÚNICA..... en ese caso sólo especificas contenido y prima pero el contrato es ÚNICO y, de acuerdo a las Condiciones Generales del mismo acordadas en LIBERTY y en todas, en caso de siniestro total queda sin efecto.

En fin, el debate ya no da para más.

#21

Re: Siniestro Total, a todo Riesgo y NO culpable

No me he explicado bien, yo me refería a que si el asegurado esta dispuesto y puede pagar la reparación; si la paga luego es muy probable que la CIA se haga cargo de dicha reparación incluso por la via amistosa. Aún estando a todo riesgo al no ser culpa suya es muy probable que accedan a pagarle el dinero de la reparación (pagado antes por el asegurado al taller reparador).
Bajo mi punto de vista si él quiere mantener su vehículo y puede permitirselo, adelantar el dinero es muy buena opción.

Un saludo

#22

Re: Siniestro Total, a todo Riesgo y NO culpable

Creo que te confundes. Tu hijo puede tener el alta laboral y seguir de baja médica. Para cobrar del seguro no es necesario dejar de ir a trabajar.
Por cada dia que esté de baja laboral (dias impeditivos acreditados) debera percibir 58,24€ de la compañia y por cada dia de baja médica que esté de alta laboral (dias no impeditivos) debera percibir 31,34€ hasta el dia que esté de alta médica. A parte le deberan indemnizar por los gastos ocasionados (medicación, parking y kilometraje hasta rehabilitacíón, etc...) y por las secuelas en el caso de que le quedaran.

Un saludo.