IRPF Preferentes declaradas nulas judicialmente
No se si este es el foro adecuado para plantear este asunto, pero, como estamos en epoca de IRPF me gustaria que si alguien sabe algo del asunto indique a los demas, que somo muchos, como se lleva al IRPF el asunto de las preferentes anuladas por St Judicial, y mas concretamente los siguientes conceptos; ¿como se declaran y en que concepto los siguientes cantidades?
1- Intereses legales devengados a favor del demandante-cliente pagados por el banco en ejecución de sentencia?.
2- Costas Judiciales cobradas por el abogado del demandante
3- que se hace con los intereses indebidos ingresados por el banco en todos esto años?
Muchas gracias por todo, el plazo del IRPF avanza y esto es un caos, salen cantidades desorbitadas a pagar.