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Hipoteca

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#1

Hipoteca

Hola. 
Tengo una hipoteca en partes iguales con mi marido, en gananciales.
¿Que es mejor que con el dinero que reciba yo de una herencia, que pague toda la hipoteca actual que nos queda o comprar una casa a mi nombre, alquilarla y con ese dinero pagar la hipoteca que tenemos en común? 
Si hiciese la primera opción, en caso de separación, la mitad de lo que yo hubiese puesto de la herencia sería para él? O se podría ante notario hacer algún tipo de escrito?
Un saludo.
#2

Re: Hipoteca

Hola,

Si tú recibes un dinero por título de herencia, a pesar de estar casados en régimen de gananciales, ese dinero es de tu exclusiva propiedad (privativo).

Bien, una vez realizada el apunte anterior:

- Si se amortiza el total de la hipoteca, efectivamente, sería recomendable dejar reflejado en un documento privado o en una Escritura Pública, que te reservas el derecho de reembolso de la mitad de los fondos, que es la parte que has amortizado que excede tu cuota de participación en el préstamo. Es cierto que no es necesario, ya que la Ley y la jurisprudencia es clara y mientras que tu marido no demuestre que se lo donaste (gratuitamente, a fondo perdido), puedes reclamar su reintegro, pero dicho contrato entre las partes facilitará enormemente la resolución de la posible controversia que puede surgir en el futuro en caso de separación/divorcio.

- En el caso de que optéis por la primera opción (adquisición de vivienda para obtener un alquiler que os permita sufragar la mensualidad de la hipoteca), tendrás una propiedad exclusivamente a tu nombre -en la compraventa deberás indicar y probar que es privativa pues se sufraga con unos fondos privativos obtenidos de una herencia), pero el alquiler (los frutos) será ganancial, pues así está establecido (el rendimiento de bienes privativos es ganancial, según el Código Civil).

En ese caso, la vivienda adquirida con los fondos heredados estará totalmente excluida de la liquidación del régimen y será íntegramente tuya, y siendo la vivienda hipotecada la única que deba “dividirse”, ya que será propiedad de ambos por partes iguales (la hipoteca se ha pagado con fondos gananciales, por lo que no procede reembolso para igualar ya que ambos habéis aportado idénticas cantidades). Otro aspecto es que te parezca injusto, pero esa es la Ley y no podrás reclamarle nada derivado del arrendamiento porque os pertenecerá por partes iguales.

Espero que esta información te ayude a decidir desde el punto de vista puramente civil, el económico (“que renta más”) es otro tema y quizás otro rankiano más experto que yo en ese ámbito te podrá ayudar.

Un saludo,

#3

Re: Hipoteca

Hola,

Hacer unas capitulaciones matrimoniales a tiempo es lo suyo asi te quitas quebraderos de cabeza.

Saludos