Desgravación amortización en arrendamiento
Hola, agradecería si alguien me pudiera aclarar una duda. Buscando información sobré qué puedo desgravar como casero he encontrado lo del 3% por amortización. Tengo claro cómo y sobre qué conceptos debe calcularse, pero mi duda es: El piso ,por simplificar, lo compramos mi ex y yo por 100000€ y quince años después con hipoteca pagada nos separamos y ella me cedió su mitad por digamos que 50000€. Fue una disolución de condominio con compensación económica y no una venta. Luego, yo puse el piso en alquiler. En mi caso el valor de compra (100mil) es mayor que el catastral descontando suelo pero, claro, ¿qué valor de compra debo tener en cuenta? ¿Los 100mil o los 50mil que le di luego? Igual es una tontería mi pregunta pero el piso costó 100mil pero a mi me costó la mitad ya que la otra mitad la pagó mi pareja de entonces. ¿Calculo sobre 100mil y divido por dos y luego lo calculo todo sobre los 50mil y sumo los dos importes o sobre los 100mil originales? Y,¿si lo calculo sobre los 50mil que le di luego debo calcular sobre la mitad del valor catastral? Gracias.