Cláusula para retrasar la entrega de llaves o toma de posesión del inmueble.
Hola buenas tardes a todos. Ante todo agradeceros de antemano la posible ayuda recibida. Os cuento: necesitaría incluir una clausula en el contrato de arras en la que se entendiese perfectamente que la toma de posesión del inmueble y la entrega de llaves no se realizará inmediatamente a la firma de la escritura pública sino en una fecha determinada con la que el comprador esta de acuerdo siempre y cuando aparezca reflejada en dicha clausula una declaración de responsabilidad en caso de desperfectos importantes y cosas así. Es posible esto? Alguien me puede orientar al respecto?. Gracias