Apreciado,
fiscalmente le diría que lo operación de donación en esta circunstancia no es óptima en cualquier caso ya que, además del impuesto de donaciones (que dependerá del régimen tributario aplicable de la CCAA donde se encuentre la vivienda), la renta que entregarán los hijos no será deducible en ningún caso, aumentando el patrimonio de éstos sin beneficio alguno. La donación imposibilitará la formalización futura de una operación de liquidez inmobiliaria como representa la Hipoteca Inversa, con lo que reduce las posibilidades futuras de sustento económico.
Tenga en cuenta que la carga hipotecaria que grabaría la vivienda permitirá un menor pago de impuestos al fallecimiento del titular de esta vivienda a los herederos, ya que tributará por el "neto patrimonial" (diferencia entre el valor de la vivienda de aquel momento y el importe de la deuda) con lo que hipotecando sí tendrá un efecto fiscal positivo para los herederos. Y cuente el “coste de oportunidad” que significa para los hijos comprometer sine die el pago mensual: este coste deberá equipararse al interés que genera el crédito.
Le pondré un ejemplo con su caso:
Cuente que si la vivienda se revalorizara a partir de ahora un 3% de media anual (la revalorización media histórica del mercado entre 1.975 y 2.008 es de aprox. el 9,5% anual), su valor actual de 150.000 € sería de aprox. 233.000 € en 15 años.
En estos 15 años, si el familiar percibe 200 €/mes (en total, 36.000 €), la deuda acumulada será de aprox. 60.000 € (los 36.000 € + coste contratación + intereses) con lo que el coste anual de contratar una Hipoteca Inversa (anualizado) sería de aprox. 1.600 €/año.
Si el titular falleciera justo al cabo de 15 años, los herederos percibirían una vivienda cuyo valor seria de 233.000 € con una deuda de 60.000 €: el “Valor Neto” que les quedaría seria de 173.000 €.
Con este ejemplo, me gustaría que pudiera comprobar que una revalorización baja de la vivienda puede pagar tanto la prestación como su coste sin afectar, durante 15 años, la economía de los hijos y sin disminuir el patrimonio recibido en herencia.
En cualquier caso, le recomiendo que piensen en una solución económica "a largo plazo", para las necesidades actuales y futuras.
Para cuanto precise, quedo a su entera disposición.
Atentamente,
Josep Jorge
Director General
JUBILARSE EN CASA SL