Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Nota simple vivienda

1 respuesta
Nota simple vivienda
Nota simple vivienda
#1

Nota simple vivienda

Hola, estoy en pleno proceso de compra de un piso y hoy he conseguido la nota simple para pedir la hipoteca y hay cosas que no entiendo en el apartado de cargas. Espero que alguien me pueda ayudar.

Relación de cargas:

- Cuenta prov. reparcelación:
Por razón de su procedencia al pago de la cuenta Provisional por Reparcelación por 4.085.159 pesetas, segun se indica en la inscripción 1ª.
- Cuenta prov. reparcelación:
Por razón de su procedencia al pago de la cuenta Provisional por Reparcelación por 2.829.930 pesetas, indicada en la inscripción 1ª.
- Cuenta prov reparcelación:
Afecta al pago de la cuenta Provisional por Reparcelación por 809.926 pesetas, indicada en la inscripción 1ª.

Servidumbre
Por razón de su procedencia, a la servidumbre sirviente de LUCES VISTAS indicada en la inscripción 1ª.

Afección
Hay varias escritas, pero de las anteriores ya ha pasado el plazo de 5 años.
La liquidación del Impuesto, por el plazo de CINCO años, de fecha 18/10/2013, resultante de nota al margen de la inscripción 6ª.

Según he visto el tema de la servidumbre no debe preocuparme mucho, pero no se muy bien lo que es, para el tema de la liquidación del impuesto debo pedirle al vendedor que me facilite una copia de la liquidación de los impuestos.

Pero el tema de las cuentas prov. reparcelación no tengo ni idea de a que se refiere.

Muchas gracias de antemano!

#2

Re: Nota simple vivienda

Hola. Las cargas por reparcelación, pueden tener distitos orígenes,siendo uno muy común, las obras que los agentes urbanizadores llevan a cabo para adecuar las zonas para la posterior construcción de viviendas (edificación de aceras, carreteras,alumbrado, etc. En principio estas cargas serían asumidas proporcionalmente por los propietarios si no se llegasen a finalizar las obras de urbanización-reparcelación y el agente urbanizador no las pagara. No obstante, las provisionales tienen un plazo de vigencia de 7 años y 5 años las definitivas.
Respecto a la afección por el pago del impuesto, si el vendedor te pasa una copia del pago del mismo podrás verificar si se ha pagado ¿pero sabrías ver , en caso de que esté pagado si la liquidación ha sido correcta?. En ocasiones no es tarea fácil. En cualquier caso, esto tampoco debería preocuparte demasiado, excepto casuísticas muy concretas, como que se tratase por ejemplo de un bien de la comunidad valenciana adquirido por herencia. En ese caso cabría comprobar si al liquidar el impuesto de la herencia se acogieron a determinados beneficios fiscales, pues en caso de verificación de la liquidación por parte de la administración, si no se cumplen los requisitos para la bonificación, sería el bien contra lo que iría la administración.
Como puedes ver el tema puede llegar a ser algo complicado. De todas formas, en principio, si vas a solicitar financiación bancaria, la propia entidad verificará todos estos extremos por la cuenta que le trae (ejecutar la hipoteca en caso de impago y no perder el rango de su garantía). Un saludo