El Banco de España alarga hasta octubre la vida de los tres tipos de interés eliminados
Por favor, ¿alguien me puede explicar la siguiente noticia? No acabo de entender que consecuencias tiene.
Gracias por la atención y las posibles respuestas.
"El Banco de España alarga hasta octubre la vida de los tres tipos de interés eliminados
Para entonces deberá estar aprobado un régimen de transición a otros oficiales
Europa Press | Madrid
Actualizado jueves 02/05/2013 09:23 horas
El Banco de España ha precisado que los tres índices de referencia para préstamos hipotecarios que dejaron de ser considerados oficiales el 29 de abril de 2012 para los nuevos préstamos contratados desaparecerán el 6 de octubre de 2013 "siempre que en ese plazo se hubiese establecido el correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados".
En concreto, los tres tipos de índices que se incluyen en esta orden son el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorro (IRPH-Cajas); el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos (IRPH- Bancos), y el tipo activo de referencia de las cajas de ahorros (Tipo CECA).
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 29 de octubre de 2011 la orden en la que se establecía la desaparición de los citados tipos, que dejaron de ser oficiales el 29 de abril de 2012. Sin embargo, estos tipos seguirán siendo aplicables a los préstamos hasta el 6 de octubre de 2013. Para entonces, debe estar aprobado un régimen de transición de estos tipos a otros que mantengan el carácter oficial.
Disposición transitoria
El órgano que dirige Luis María Linde ha señalado que la disposición transitoria explica que "los índices o tipos de referencia que se publicaran con carácter oficial y estuvieran siendo empleados en préstamos a interés variable a la entrada en vigor de esta orden, continuarán siendo considerados aptos a todos los efectos".
Esto quiere decir que dichos índices, "mientras sigan publicándose, continúan siendo índices válidos para los créditos o préstamos hipotecarios a tipo de interés variable que a la entrada en vigor de la Orden los tuvieran como índice de referencia".