Retraso de inmobiliaria
Este mes me dan una vivienda y voy a pasar a ser un hipotecado más.
Resulta que en el contrato de compraventa que firmé con la inmobiliaria en Agosto de 2.006, se reflejaba todo el calendario de pagos y demás y especificaba que las viviendas se entregarían antes del 31 de Octubre de 2.007 y no ha sido así, recogiendo una claúsula por la cual deberían indeminzarme con intereses sobre las cantidades aportadas a Euribor + 2.
Ya me he puesto en contacto con la inmobiliaria y si reconocen que tengo derecho pero aún no saben cómo la van a pagar. He oido que a veces se descuenta de la compraventa. Por lo que intuí en la respuesta de la inmobiliaria, parece ser que la compensación va a ser posterior a la compraventa que es la semana que viene.
La pregunta es, ¿si me lo pagan aparte del precio de la vivienda con talón o por transferencia debería exigir ante el Notario que apareciese en la compraventa? O con que esté reflejado en el contrato de compraventa que firmé en su momento con la inmobiliaria es suficiente.