Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Imputación al 2% inmueble heredado. - Declaración de la Renta

5 respuestas
Imputación al 2% inmueble heredado. - Declaración de la Renta
1 suscriptores
Imputación al 2% inmueble heredado. - Declaración de la Renta
#1

Imputación al 2% inmueble heredado. - Declaración de la Renta

Buenos días.
La imputación al 2% de un inmueble heredado ¿debe ser desde la fecha de fallecimiento del causante o desde la fecha de Aceptación de Herencia?.
Para el caso de PyG tengo claro que se retrotrae a fecha fallemiento, pero para la imputación por los días que se ha tenido en propiedad....
Muchaas gracias, competentes.

#2

Re: Imputación al 2% inmueble heredado. - Declaración de la Renta

Desde la fecha del fallecimiento, Siempre del último dueño, en Fallecimiento. 
#3

Re: Imputación al 2% inmueble heredado. - Declaración de la Renta

Gracias Pakitanueva.
Eso es lo que yo creo, pero una gestoría de Madrid que le hace la declaración a otro heredero en el mismo caso, dice que la imputación al 2% debe ser desde fecha Aceptación Herencia, sin retrotraer a fecha fallecimiento. Su razón: si antes de la aceptación herencia no era tuyo, no tienes pq imputarte nada. 
De hecho la AEAT, en los datos, lo figura desde fecha Aceptación Herencia. De ahí que, junto con la opinión de la gestoria de Madrid, me haga dudar y traslade la pregunta.
Gracias.

#4

Re: Imputación al 2% inmueble heredado. - Declaración de la Renta

Hombre, yo te expongo mi caso hace 2 años falto mi madre, y ya plusvalias y demás las pagamos con fecha a nivel impuestos el día de su fallecimiento, es lo que manda, y obviamente a nivel AEAT, Ya erres dueño si aceptas herencia claro, y si es el caso efectos fiscales y autonómicos de lo que conlleva es la Fecha de la defunción en mi caso mi madre DEP, QUE fue la última. Luego ya hicimos todos los Tramites y demás. Este es mi caso a nivel particular e imagino será General para todos. Saludos 
#5

Re: Imputación al 2% inmueble heredado. - Declaración de la Renta

Artículo 989 del Código Civil: con la aceptación de la herencia, los efectos de la misma se retrotraen al momento de la muerte del causante.
Eso es así desde 1889, hace siglo y medio.
Menuda gestoría...
#6

Re: Imputación al 2% inmueble heredado. - Declaración de la Renta

Gracias a los dos.
Sds