Staging ::: VER CORREOS
Acceder

Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

9 respuestas
Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler
1 suscriptores
Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler
#1

Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

Hola, 

Estoy cobrando el subsidio de desempleo, y según me han comentado como no cobro más de 22.000 euros al año, el año que viene no tengo que hacer la declaración IRPF, lo que entiendo que significa que no debo pagar a Hacienda por el subsidio. ¿Es esto así? Mi duda es que sí percibo un ingreso extra por un inmueble que tengo arrendado. ¿Significa esto que se sumaría a lo que percibo de subsidio y como supera los 22.000 euros anuales, además de los impuestos que pagaré por el alquiler, tendré que pagar por el subsidio también? No sé si me he logrado expresar con claridad. Muchas gracias. 
#2

Re: Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

Cobrando el subsidio por desempleo, siempre tienes que hacer la declaración de hacienda porque la tienes que entregar el próximo año cuando tengas que hacer la declaración anual de ingresos que te exige el Sepe. Es decir, aunque no tengas obligación de hacer la declaración de hacienda, la tienes que hacer para presentar este documento al Sepe cada año. En mi caso, siempre me la piden. Saludos

#3

Re: Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

Hola,
Si ha obtenido rentas por alquiler superiores a los 1600 euros anuales,  estará obligado a presentar declaración del IRPF,  independientemente que supere o no los 22000 euros anuales (el subsidio son 5.558,52 euros anuales máximo)
Y el que esté obligado a presentar declaración NO es sinónimo de que el resultado de la misma sea a pagar.

#4

Re: Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

En absoluto hay que hacer la declaración del IRPF si no se está obligado por solicitud de la oficina del SEPE,  ni tampoco para presentar el DAR hay que llevar la declaración del IRPF.
Otra cosa es que el funcionario de turno del SEPE que le atiende se la pida,  demostrando un absoluto desconocimiento de la Ley. 
El SEPE tiene acceso a nuestros datos tributarios,  lo pueden consultar cuando ellos quieran. 
La única prestación de ámbito estatal que exige presentar la declaración del IRPF son a los perceptores  del IMV (Ingreso mínimo vital)  
#5

Re: Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

Muchísimas gracias por sus respuestas. Me queda la duda de si declarando alquiler conlleva tributar también por el subsidio, de lo que estaría exento si no lo declarase. 
#6

Re: Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

Si hace declaración de la renta porque esté obligado a ello,  hay que incluir TODAS las rentas,  incluido los pagos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
Existe una creencia de que los pagos del SEPE están exentos de tributar al IRPF;  todo lo contrario.  Es un pagador mas y sujeto a tributación.
Otra cosa es que por la cuantía y/o por las circunstancias personales no le retengan o por el resultado de la declaración  no le salga a pagar.

#7

Re: Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

Muchísimas gracias por tu pronta respuesta. Lamento no ser más claro pero no es exactamente lo que pregunto. A ver si logro expresarme bien, son temas bastante liosos y me resulta complicado: 

  • el subsidio INEM no tributa si se precibe una cantidad inferior a los 22.000 anuales, tengo entendido. Lo presento en la declaración y al cumplir este requisito se entiende que no tributa, o eso es lo que creo. 

  • si a estos ingresos, añado por otra parte la renta del alquiler (superior a 1600 anual), mis ingresos anuales serán superiores, y por tanto mi temor es que entonces SÍ deba tributar por lo percibido en concepto de subsidio INEM, que de no haber alquiler estaría exento.

#8

Re: Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler


  Creo que el error está en interpretar que los distintos ingresos, ganancias patrimoniales, rentas, etc…se pueden considerar por separado a la hora de presentar la declaración del IRPF.
  Desde el momento en que se perciben unos ingresos por el alquiler de una vivienda estos se acumulan y suman a los demás obtenidos por el mismo sujeto. 
 A la hora de presentar la declaración y tras obtener el borrador y verificar lo que ya allí consta y lo que no, se corregirá este e incluirá lo que no aparezca aún.
  Tras todo ello, será ya la AEAT la que evalúe y dictamine si el declarante a de pagar o le saldrá a devolver.

#9

Re: Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

Vamos por punto :
1)  Los subsidios tributan como rendimientos del trabajo al IRPF, NO están exentos.
   Otra cosa es que no esté obligado a presentar declaración del IRPF o por cuantía no le salga pagar.

2)  He tenido un lapsus de cantidades :  En tu caso son 1.000 euros anuales.
     Si tiene renta por alquiler superior a los 1000 euros anuales,  está OBLIGADO a presentar declaración del IRPF,  independientemente que  no supere los 22000 euros.  Y en este caso deberá incluir TODO lo que gane (incluido los pagos del SEPE)
En tu caso,  estas obligado a presentar declaración



#10

Re: Cobrando subsidio desempleo y renta alquiler

Les quedo muy agradecido por su tiempo. Un cordial saludo!!