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Impuesto de la Plusvalía (IVTNU) en caso de usufructo
Buenas tardes.
Al fallecer uno de los cónyuges copropietario en régimen de gananciales de un inmueble ¿el cónyuge sobreviviente tiene que pagar al ayuntamiento Impuesto de la Plusvalía por la disolución de la sociedad de gananciales y la constitución de un usufructo vitalicio a su favor por la mitad del piso que era del fallecido? Entiendo que los hijos y herederos del fallecido sí deban pagar el Impuesto de la Plusvalía por adquirir la nuda propiedad ¿pero el viudo/a?
Segunda parte de la pregunta:
Cuando años después el cónyuge sobreviviente también fallezca, extinguiéndose por tanto su derecho de usufructo y adquiriendo sus herederos el pleno dominio de la totalidad del inmueble ¿los hijos y herederos deberán pagar el Impuesto de la Plusvalía por la consolidación del dominio debido a la extinción del usufructo o solo y exclusivamente por la adquisición de la parte del inmueble del cónyuge recién fallecido?
Muchas gracias por su ayuda
Al fallecer uno de los cónyuges copropietario en régimen de gananciales de un inmueble ¿el cónyuge sobreviviente tiene que pagar al ayuntamiento Impuesto de la Plusvalía por la disolución de la sociedad de gananciales y la constitución de un usufructo vitalicio a su favor por la mitad del piso que era del fallecido? Entiendo que los hijos y herederos del fallecido sí deban pagar el Impuesto de la Plusvalía por adquirir la nuda propiedad ¿pero el viudo/a?
Segunda parte de la pregunta:
Cuando años después el cónyuge sobreviviente también fallezca, extinguiéndose por tanto su derecho de usufructo y adquiriendo sus herederos el pleno dominio de la totalidad del inmueble ¿los hijos y herederos deberán pagar el Impuesto de la Plusvalía por la consolidación del dominio debido a la extinción del usufructo o solo y exclusivamente por la adquisición de la parte del inmueble del cónyuge recién fallecido?
Muchas gracias por su ayuda