De donde sacas que se tributa como Renta Imputada por un inmueble no alquilado ( a disposición de sus propietarios) que es el 3% de que ?.
Si tienes Recibo del IBI del 2018 , su valor catastral en función de que este revisado este Valor Catastral será el 1,1% sobre el Valor Catastral y si no esta revisado el 2%.
En los "Datos Fiscales" deberás tener esta vivienda con sus valores catastrales y su Referencia Catastral, si has formalizado la escritura publica.
Por el tiempo a disposición tributaras como Renta Imputada y desde que lo alquilas por la renta cobrada en el ejercicio, podrás , incorporar como gasto deducible de la renta, la reforma realizada , hasta el limite de la Renta y si excede lo podras incorporar en los 4 ejercicios siguientes, así como los otros gastos proporcionales al tiempo en alquiler del IBI-Seguros-Comunidad-Intereses de hipoteca de la inversión, etc.
Saludos