Si actualmente, en el momento que presenta la Declaración, esta residiendo en un nuevo domicilio (casa de su tío) , tiene que marcar "cambio de domicilio" y cumplimentar el nuevo domicilio con la clave 4.
Si en el 2018 ha residido en vuestra casa y sus rentas las ha obtenido en esa Comunidad Autónoma, de vuestro domicilio, no cambia la Comunidad Autónoma, y cumplimenta el nuevo domicilio fiscal, de la declaración que presenta, aunque este nuevo domicilio no pertenezca a la misma Comunidad Autónoma.
Si en el 2018 ha residido y trabajado (obtención de rentas) mas de 183 días en el nuevo Domicilio con distinta Comunidad Autónoma , tiene poner la nueva Comunidad Autónoma en la declaración del 2018.
Si tu hermano ha cedido esta vivienda en algún mes del 2018 a tu hijo tienen que declarar Renta Imputada del periodo en esta situación , si no , no tiene que declarar nada de su sobrino . Bueno debe declarar según haya tenido en 2018 la vivienda, en alquiler o a su disposición, con la Renta Imputada de su periodo.
Si en 2019 es cuando ha cambiado la residencia tu hijo a casa de su tío, es la Renta del 2019 en la que debe declarar como Renta Imputada por cesión a un familiar, tu hermano.
En empadronamiento ya es cosa que deberá tener en cuenta por cuestiones de atenciones medicas.
Saludos