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Declarar pago fogasa

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Declarar pago fogasa
Declarar pago fogasa
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Declarar pago fogasa

Hola buenas.

El caso es el siguiente;

En 2018 recibo el pago por parte del FOGASA en concepto de salarios no abonados del año 2012. 

Este proceso se alargó tanto porque en principio iba a pagar la empresa pero entró en concurso acreedores y al final le tocó pagar al FOGASA. Hubo una demanda judicial con sentencia de  primera instancia con fecha 15/7/2015 y otra firme de TSJ con fecha 14/2/2016. En la que la empresa entró en concurso acreedores .

Si incluyo el pago en el 2016, salgo perjudicado porque en ese año no estaba obligado a hacer declaración y me tocaba pagar bastante si la hacía. Sería muy injusto .

Si lo incluyo en el ejercicio 2012, ni me sale nada de información en la web de hacienda,ni recuerdo si hice declaración y tampoco sé si la empresa incluyó esos pagos en rendimiento de trabajo sin haberlo cobrado. 

He leído consultas vinculantes y comentarios que dicen que lo de que tiene que incluirse en el año en el que hay sentencia firme es cuando tú denuncias unas rentas en las que en el juicio se juzga y sentencia si te corresponden o no(por ejemplo yo soy encargado y estoy cobrando como peón y reclamo mi derecho a cobrar como encargado.

Otro ejemplo: por convenio debe la empresa subir el sueldo x dinero y yo lo reclamo por qué no lo han hecho en 6 meses,juzgan y sentencian a mi favor). 

En mi caso corresponde a una simple FALTA DE PAGO, que no es más que los salarios estipulados según convenio, es decir que ya sabia la empresa de su obligación de pagar y la cantidad que es.

 

Y si lo incluyo en este año,que es cuando lo he cobrado, la diferencia es que pago 300€ o me devuelve 300€ si no lo incluyo.

 

La pregunta:

Al ser algo ajeno a mi voluntad y estar exento de sanción,recargos, lo dejo estar y que sea la propia agencia tributaria quien me mande una carta con 'segun ellos' la correcta imputación de este pago de salarios atrasados? Y si es su rectificación la más perjudicial para mí(renta 2016,totalme injusto) hago alegaciones y lo que pueda? O si es su rectificación incluirlo en este año ,acepto y me olvido del asunto.

O por el contrario es mejor incluirlo en este año o hacer complementaria del 2012(si se puede) y olvidar el asunto.

 

Ayuda porfavor