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Intereses de mora en una declaración complementaria por atrasos (sentencia judicial)

1 respuesta
Intereses de mora en una declaración complementaria por atrasos (sentencia judicial)
Intereses de mora en una declaración complementaria por atrasos (sentencia judicial)
#1

Intereses de mora en una declaración complementaria por atrasos (sentencia judicial)

Hola a todos.

A finales de 2015 una sentencia judicial reconoció el derecho de mi madre a percibir importes atrasados desde 2009. La empresa pagó en 2016, sumando los pertinentes intereses sobre esas cantidades desde 2009.

Estoy intentando hacerle ahora la complementaria de 2015 (fecha de la sentencia judicial), y en principio sé que sólo consiste en coger de base su declaración de ese año y modificar las cifras de rendimientos del trabajo y la de retenciones en la casilla correspondiente (ahí, en principio, no habría pérdida ni dudas) y después ver qué saldría.

El problema viene con los intereses, que NO FORMAN PARTE de la retribución dineraria bruta y a los que no se les aplicó retención alguna. De hecho, los intereses ni siquiera están recogidos en los datos fiscales de los que dispone la AEAT (a tenor de los datos fiscales descargados en su web). Buceando en internet distintas consultas legales, he comprobado que "Hacienda considera que los intereses percibidos tienen carácter indemnizatorio, pues resarcen al trabajador por los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de una obligación o del retraso en su debido cumplimiento, y deben tributar como ganancias patrimoniales (como en su caso se han generado de forma continuada en un periodo superior a un año, deben integrarse en la parte especial de la base imponible)" (http://www.ocu.org/site_images/inf_ec_guiafiscal07/parteiii.pdf)(http://www.miquelvalls.com/intereses-demora-calificacion/). Así pues, tributan como ganancias patrimoniales.

La pregunta es: En la práctica, ¿en qué se traduce esto? ¿Dónde, en qué casilla o página del PADRE de 2015 se supone que debo incluir los intereses para que se integren "en la parte ESPECIAL de la base imponible"? En principio, pensé en el apartado "G1. Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible general)", en la parte de "Otros" pero tampoco ahí podría ser, porque apartado(lo dice claramente) es A INTEGRAR EN LA BASE IMPONIBLE GENERAL.

Si alguien puede ayudarme, se lo agradezco de verdad.

Un saludo.

P.D. Ya he tenido también en cuenta la reducción del 30%.

#2

Re: Intereses de mora en una declaración complementaria por atrasos (sentencia judicial)

Buenos días,

Podrías decirme cómo has resuelto este tema. En que parte de la declaración incluiste estos importes?. Gracias