No existe un artículo que hable de eso concretamente. LA ley dice que tributan en ese impuesto:
Artículo 3 Hecho imponible
1. Constituye el hecho imponible:
a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
b) La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito, «inter vivos».
c) La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario, salvo los supuestos expresamente regulados en el artículo 16.2, a), de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.
Si no cuadra en el punto c, tendrá que cuadrar en el a, puesto que transmisión entre vivos no puede ser, ¿no crees?