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Reducciones y posible complementaria en Impuesto Sucesiones - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

3 respuestas
Reducciones y posible complementaria en Impuesto Sucesiones - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Reducciones y posible complementaria en Impuesto Sucesiones - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
#1

Reducciones y posible complementaria en Impuesto Sucesiones - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Hola,

Después de habernos reunido todas las partes, le detallo la situación y caso que nos compete: (Es en la provincia de Soria)

Ya tenemos la Declaración de Herederos, ya que no había testamento. A todos los herederos (que son hermanos del fallecido) va a corresponderle la misma cantidad (entiendo que esto sería la base imponible), correspondiendo a algunos solo dinero, y a otros alguna propiedad, pero menos cantidad de dinero que compensa hasta llegar todos a la misma cantidad asignada. El reparto entre los 5 hermanos herederos va a ser el siguiente:

- Hermano 1: Fincas + dinero
- Hermano 2: Casa + Dinero
- Hermano 3: Coche + Dinero
- Hermano 4: Dinero
- Hermano 5: Dinero

- Uno de los herederos (hermana) ha estado conviviendo con el fallecido los últimos 10 años. Va a quedarse con la casa y vivirá en ella, siendo su residencia principal, como lo ha sido en los últimos 10 años. Lo que ocurre es que no está empadronada en el municipio. ¿Tiene derecho a deducción? Si la casa se ha valorado en 30.000€, ¿cual es el importe concreto sobre el que se aplicaría la deducción? ...creo que es un 95%, pero ¿sería sobre los 30.000€ o sobre 1/5 parte del valor de la casa...es decir, sobre 6000€? ¿Que documentación debemos aportar para que se aplicara esa deducción?

- Otro de los herederos es agricultor, y va a quedarse con las fincas del fallecido. ¿Tiene derecho a deducción? ...es que he leido algo de "explotación agraria", pero no se si el hecho de ser agricultor antes, ya se considera como "explotación agraria". ¿Si tiene derecho a deducción, cual es el importe? ¿Que documentación debemos aportar para que se aplicara esa deducción?

- Tanto si se aplican esas deducciones, como si no se aplican, ¿en nuestro caso (que no hay exceso de adjudicación para ninguno de los herederos) pagaría cada hermano la misma cantidad de dinero por el impuesto de sucesiones? Es decir, ¿la deducción solo se aplica en concreto al heredero que se va a quedar con dichas propiedades o repercute en todos a partes iguales?

- En caso que despues de pagar todos el impuesto de sucesiones, Hacienda hiciera una Liquidación Complementaria y fuera relacionada con el valor que se le ha dado a la casa, considerando que el valor debe ser mayor, ¿el importe de dinero a pagar correspondiente a esa declaración complementaria, lo pagaría solo el heredero al que se le adjudicó la casa o lo deben pagar entre todos a partes iguales? Si es así, ¿harían 5 liquidaciones complementarias y las envíarian por la parte proporcinal (1/5 parte) a cada heredero?

Gracias y un saludo

#2

Re: Reducciones y posible complementaria en Impuesto Sucesiones - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Respecto a lo de la VIVIENDA HABITUAL:
El hermano que convivía con el fallecido tiene derecho a aplicar la reducción, el 95% del valor de la casa que recibe. El problema es que a efectos teóricos, sólo recibe una quinta parte, por lo que la reducción sería de 5.700 a restar de su base, aunque luego se adjudique la totalidad del bien. Los otros hermanos si cumplieran los requisitos, se podrían aplicar también la reducción por su parte; como no los cumplen, su reducción se pierde. La verdad es que puede ser muy injusto y discutible, pero se basan en lo siguiente:

“Artículo 27 Participación y excesos de adjudicación
1. En las sucesiones por causa de muerte, cualesquiera que sean las particiones y adjudicaciones que los interesados hagan, se considerará para los efectos del impuesto como si se hubiesen hecho con estricta igualdad y con arreglo a las normas reguladoras de la sucesión, estén o no los bienes sujetos al pago del impuesto por la condición del territorio o por cualquier otra causa y, en consecuencia, los aumentos que en la comprobación de valores resulten se prorratearán entre los distintos adquirentes o herederos.
2. Si los bienes en cuya comprobación resultare aumento de valores o a los que deba aplicarse la no sujeción fuesen atribuidos específicamente por el testador a persona determinada o adjudicados en concepto distinto del de herencia, los aumentos o disminuciones afectarán sólo al que adquiera dichos bienes.”

Por lo tanto, si las adjudicaciones hubieran sido por testamento, el hermano que convivía podría haberse aplicado la reducción al completo, y el incremento en la valoración de los bienes afectaría sólo al que lo recibe, pero en este caso, lo que reciben es una parte alícuota, que luego concretan en bienes, por lo que el aumento de valoración de cualquier bien, afectaría a la liquidación de todos.

Respecto a la justificación de requisitos:
En principio simplemente se suele mencionar la convivencia en la escritura, comprometiéndose a no transmitirla, y si se requiere la prueba, se suele presentar el certificado de empadronamiento, que basta como prueba. Como ese certificado no lo tiene, en caso de que le requieran deberá aportar otros medios de prueba, que serán valorados en su caso por la oficina competente. Espero que al menos la dirección del DNI si coincida porque en caso contrario va a tener problemas.

El pago del impuesto es efectivamente a partes iguales, y luego habría que ver si existen excesos de adjudicación, que se liquidarían aparte.

Un saludo

#3

Re: Reducciones y posible complementaria en Impuesto Sucesiones - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Gracias por la información.

Entonces, queda claro que en este caso (que no habia testamento), si se aplicara la reducción respecto a la vivienda, o incluso con la explotación agraria, sería para todos, a partes iguales. Aunque me temo que lo de la casa va a ser complicado, porque tampoco figura el domicilio en el dni.

Lo qwu eno me queda claro es lo de la Complementaria...

En caso que más adelante Hacienda entendiera que la casa tiene más valor de lo declarado y liquidado, y por tanto hicieran una liquidación complementaria, ¿quien pagaría el importe correspondiente a esa liquidación posterior....entre todos los herederos o solo el heredero al que le haya correspondido ese bien?

#4

Re: Reducciones y posible complementaria en Impuesto Sucesiones - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La deducción por explotación agraria tiene sus propios requisitos que cumplir, es bastante complicado, pero funcionaría igual, por quintas partes si procediese.
La liquidación posterior sería igualmente por quintas partes, piensa que van a pagar por quintas partes, sin ver qué se adjudica cada uno. Es decir, si la masa es de 500.000, recibe cada uno 100.000. Si el valor de la masa sube a 600.000 por revisar los valores de los inmuebles, cada uno recibiría un teórico de 120.000 y recibiría una complementaria por la diferencia.
Pues antes de aplicar la reducción de vivienda habitual, que mire qué pruebas va a poder aportar, porque se las van a pedir casi seguro.

Un saludo