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Deducir seguro de vida como arrendatario

3 respuestas
Deducir seguro de vida como arrendatario
Deducir seguro de vida como arrendatario
#1

Deducir seguro de vida como arrendatario

Hola!

Tengo una duda: tengo un piso con hipoteca alquilado a terceros y sé que como gastos deducibles están los seguros vinculados a la hipoteca (en la escritura), pero mi problema es que el seguro de vida lo pagué como pago único a 10 años cuando formalicé la hipoteca en 2009 (dentro de la misma). ¿Puedo incluir la parte proporcional a cada año de la cuota total?

Muchas gracias!!

#2

Re: Deducir seguro de vida como arrendatario

Entre los gastos que se pueden aplicar sobre las rentas cobradas en una vivienda en alquiler se tiene: IBI -Tasa -Seguros Hogar - Comunidad Propietarios - Intereses del préstamo hipotecario (Solo intereses no amortización) - reparaciones - Amortización 3% s/valor edificable (no suelo que este no amortiza).

Siempre que todos estos pagos sean realizados por el propietario .

Además si con esta vivienda el inquilino este cubriendo sus necesidades de domicilio habitual ( No de temporada) , puedes aplicarte una reducción del neto obtenido del 60% y si el inquilino es menor de 30 años la reducción puede ser del 100%.

Lo de seguros de vida asociados a la hipoteca es para cuando estas deduciéndote por inversión en la adquisición de tu vivienda habitual , que no es el caso.

Saludos

#3

Re: Deducir seguro de vida como arrendatario

Si la vivienda la tienes alquilada, solamente te puedes deducir como gasto los intereses de correspondientes a las cuotas del préstamo hipotecario.

Los seguros vinculados a la hipoteca, no se consideran "gastos deducibles". Pueden considerarse como un mayor valor del precio de la vivienda cuando se adquiere y por tanto se puede aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual (en el caso que se destine para ese fin).

Saludos.

#4

Re: Deducir seguro de vida como arrendatario

Gracias por la respuesta!