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Metodo más rápido para devolución del irpf?

3 respuestas
Metodo más rápido para devolución del irpf?
Metodo más rápido para devolución del irpf?
#1

Metodo más rápido para devolución del irpf?

Hola, tengo la declaración realizada con el programa padre y me gustaría saber cual es la vía más rápida para la devolución. LLevar la declaración al banco (que empiezan a recogerlas a final de mes), modificar el borrador por internet o a partir del día 22 confirmar la declaración hecha con el programa padre por internet?.
Cual puede ser el mejor camino para que me ingresen cuanto antes? El banco te ingresa el dinero o primero envía esos datos hacienda y es esta quien te paga.
Gracias

#2

Re: Metodo más rápido para devolución del irpf?

Lo más rápido a partir del 24 por internet. Aunque lo más importante es que todos los datos estén bien puestos en sus casillas y que el programa de Hacienda no detecte incongruencias.

#3

Re: Metodo más rápido para devolución del irpf?

Lo mejor es que la presentación se haga por Internet, y evitar la presentación de rentas confeccionadas en papel.
Yo creo que entre presentación telemática de la declaración y confirmación por internet del borrador modificado, no hay diferencia. Bueno si, que la declaración no se puede enviar hasta el día 24, pero supongo que los controles internos que pasan ambas "declaraciones" son parecidos.

Saludos.

#4

Re: Metodo más rápido para devolución del irpf?

Lo más lento es el banco, pq tu la imprimes y la llevas al banco, ellos te la cuñan y ponen fecha del dia, pero se la quedan allí en un montón. Cuando tienen muchas o cada x tiempo se van a la delegación de la Agencia Tributaria y las entregan, allí las tienen en su montón hasta q la registran con su código en su sistema informático.

Si tu la tramitas por internet, en el momento que haces el último click tu declaración ya ha sido registrada en el sistema informático de la Agencia Tributaria, fijate todos los pasos q te has ahorrado.

Con el programa Padre o con el borrador supongo q es lo mismo, acaba registrandose directamente en el sistema informatico de la Agencia Tributaria. El problema es q con el borrador puedes hacerlo desde el día 2 de abril, y con el Padre tendrás q esperarte hasta q se pueda tramitar.

Lo importante, como te dice Franciscoar, q la hagas bien.