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Cálculo de importe de reducciones en arrendamientos inmobiliarios

2 respuestas
Cálculo de importe de reducciones en arrendamientos inmobiliarios
Cálculo de importe de reducciones en arrendamientos inmobiliarios
#1

Cálculo de importe de reducciones en arrendamientos inmobiliarios

Hola a todos,

Estoy haciendo el cálculo de las reducciones sobre las que aplicarían las rentas de mis arrendamientos inmobiliarios y tengo una pequeña duda...

Según el artículo 23.6 de la ley de IRPF "3. Los rendimientos netos con un período de generación superior a dos años, así como los que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, se reducirán en un 40 %.".

No acabo de entender lo de "período de generación superior a 2 años"... ¿Esta reducción se podrá aplicar a partir del 3º año de contrato de arrendamiento (ya se habrían generado 2 años) o desde el 1º año de contrato de arrendamiento si éste tiene una duración de (por ejemplo) 3 años (se van a generar hasta 3 años)?

Muchas gracias.

Saludos.

#2

Re: Cálculo de importe de reducciones en arrendamientos inmobiliarios

Te transcribo el Art.15 del Reglamento del IRPF :

1. A efectos de la aplicación de la reducción prevista en el artículo 23.3 de la Ley del Impuesto, se consideran rendimientos del capital inmobiliario obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, exclusivamente, los siguientes, cuando se imputen en un único período impositivo:

a) Importes obtenidos por el traspaso o la cesión del contrato de arrendamiento de locales de negocio.
b) Indemnizaciones percibidas del arrendatario, subarrendatario o cesionario por daños o desperfectos en el inmueble.
c) Importes obtenidos por la constitución o cesión de derechos de uso o disfrute de carácter vitalicio.

2. Cuando los rendimientos del capital inmobiliario con un período de generación superior a dos años se perciban de forma fraccionada, sólo será aplicable la reducción del 40 por ciento prevista en el artículo 23.3 de la Ley del Impuesto, en caso de que el cociente resultante de
dividir el número de años correspondiente al período de generación, computados de fecha a fecha, entre el número de períodos impositivos de fraccionamiento, sea superior a dos.

Saludos

#3

Re: Cálculo de importe de reducciones en arrendamientos inmobiliarios

Como bien te dice Lunatico, se aplica cuando recibes "de golpe" una cantidad de dinero que su generación corresponde a un plazo superior a dos años. Por tanto, si recibes unos ingresos regulares (generalemente mensuales correspondientes a alquileres), no cabe ninguna reducción aunque el contrato tenga un año, diez o veinte años de antigüedad.

Saludos.