- IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles)
Buenos días. El motivo de mi mensaje es el siguiente.
Una entidad sin ánimo de lucro es propietaria de un inmueble que figuraba, por error de catastro, a nombre de otro propietario que estaba exento de pagar IBI.
En 2011, tras realizar las oportunas gestiones, catastro inscribe dicho inmueble a nombre de la entidad sin ánimo de lucro con efectos desde 2005 , y automáticamente envía recibos de liquidación desde el año 2007 al 2011 inclusive.
La entidad sin ánimo de lucro está acogida a la Ley 49/2002 desde el año 2007, la cual le otorga la exención en el IBI, pero el problema es que no podía solicitar dicha exención puesto que el inmueble figuraba a nombre de otro titular.
Hemos recibido los recibos bajo el epígrafe de providencia de apremio, y hemos presentado escrito en el ayuntamiento correspondiente para que dejen sin efecto dichos recibos, pues el error en catastro no era nuestro, sinó de ellos, y nosotros desconocíamos esta situación.
La verdad, es que no soy muy optimista. Os agradecería me comentarais como veis el caso.
Muchas gracias por todo