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Deducción "Defensa Jurídica"

5 respuestas
Deducción "Defensa Jurídica"
Deducción "Defensa Jurídica"
#1

Deducción "Defensa Jurídica"

Buenas noches...

Poco a poco se va acercando la hora de rendir cuentas a Hacienda por el año que acaba de finalizar y tengo una duda acerca de lo que es la desgravación por defensa jurídica cuyo límite son 300 euros (si es que no ha cambiado). En mi caso, hace aproximadamente un año en mi anterior empresa hicieron un ERE y la empresa nos quería dar los 20 días que hay de mínimo.

El caso es que entre los afectados contratamos un abogado y conseguimos algo más pero ni hubo juicio ni nada. Al final, entre varias reuniones entre nuestro abogado y el de la empresa se llegó a un acuerdo con la empresa, autorizaron el ERE y adiós muy buenas. El abogado nos pasó una liquidación a cada uno y me gustaría saber si ese gasto se puede poner en la declaración, o es necesario cumplir algún otro requisito porque la verdad que en la ayuda de la renta tampoco dice mucho.

Gracias,
Saludos.

#3

Re: Deducción "Defensa Jurídica"

Había dado con el hilo ese en el buscador pero aun así me había quedado con la duda. Yo también creo que entra pero como alguno comentaba el hecho de no haber llegado a juicio me había quedado con la mosca detrás de la oreja. Y es que en la ayuda tampoco habla de llegar a juicios ni nada pero por si acaso.
Gracias ;)

#4

Re: Deducción "Defensa Jurídica"

Si lees el siguiente párrafo de la consulta que incluye al.rodrigo, yo creo que está bastante claro de que sí que puedes deducirte los gastos:

e) Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales”. Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo e) anterior no es necesario que exista un pleito o procedimiento judicial, las intervenciones del abogado que asiste al consultante en sus reclamaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social y ante la empresa para la que trabaja constituyen actos de defensa jurídica correspondientes a desacuerdos o disconformidades entre el consultante y las personas de las que percibe los rendimientos del trabajo, por lo que los honorarios del abogado por tales intervenciones se consideran incluidos en el concepto de gasto que recoge el artículo 19.2, e), respetando el límite de 300 euros anuales.
Saludos.
#5

Re: Deducción "Defensa Jurídica"

Cierto, si es un toro me come.

Por cierto, y esto nada tiene que ver con la pregunta inicial. Tengo un expediente abierto con Hacienda de una paralela que me enviaron y que presenté alegaciones el 2 de Noviembre. Pasó casi 1 mes y en la web ví que pasó de Incorporación a Tramitación, y ahora ha pasado más de 1 mes más y sigue igual en Tramitación.

Pone "asiento registral remitido a la oficina competente para resolver" con fecha 25/11/11. Es sobre una deducción por vivienda habitual y presenté papeles y alegaciones presentándolo fuera de plazo porque no me enteré de ninguna notificación, sólo me enteré cuando me vino la paralela.

Ellos te dan 10 días para responder y a la que presento papeles, llevo casi 2 meses y medio y ellos no han respirado ¿ Sabes si es normal que tarden tanto ? O es que les ha dado por pedir papeles a to kiski y no dan a basto.

Gracias nuevamente.

#6

Re: Deducción "Defensa Jurídica"

Yo creo que sí que es normal. Ya sabes que en los sitios oficiales se lo toman todo con mucha calma.

Saludos.